MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ALTO ANDES GESTIÓN INMOBILIARIA LIMITADA

RUT 76565409-2 CVE 1621460
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de junio de 2019

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43º Notaria

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular 43º Notaria, Huérfanos 835, piso 18, Santiago; certifico: Por escritura 14 Junio 2019, ante mí; TOMÁS PABLO RIVERA SÁEZ, BÁRBARA PAULINA RIVERA SÁEZ, NICOLÁS ANDRÉS RIVERA SÁEZ, MATÍAS CRISTIÁN RIVERA SÁEZ, y MARTÍN ÁNGEL LEANDRO RIVERA SÁEZ, todos domiciliados en Avenida El Salto 4001, piso 8, oficina 81, comuna de Huechuraba, suscribieron escritura de modificación social de sociedad ALTO ANDES GESTIÓN INMOBILIARIA LIMITADA, la cual fue constituida con fecha 18 de Abril 2016, en esta Notaria, con Capital de $5.000.000, cuyo extracto consta inscrito a fojas 29.329, Nº 16.361, Registro de Comercio de Santiago del año 2016, y publicada en el Diario Oficial con fecha 29 de Abril de 2016, y que consiste en la modificación de cláusula cuarta de los estatutos, en sentido de que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a los señores TOMÁS PABLO RIVERA SÁEZ, BÁRBARA PAULINA RIVERA SÁEZ, NICOLÁS ANDRÉS RIVERA SÁEZ, MATÍAS CRISTIÁN RIVERA SÁEZ y MARTÍN ÁNGEL LEANDRO RIVERA SÁEZ todos los cuales deben actuar de la siguiente forma: -UNO. Actuando conjuntamente CUATRO cualquiera de los señores TOMÁS PABLO RIVERA SÁEZ, BÁRBARA PAULINA RIVERA SÁEZ, NICOLÁS ANDRÉS RIVERA SÁEZ, MATÍAS CRISTIÁN RIVERA SÁEZ, y MARTÍN ÁNGEL LEANDRO RIVERA SÁEZ, con facultades detalladas en escritura que se extracta; DOS. Actuando conjuntamente TRES cualquiera de los señores TOMÁS PABLO RIVERA SÁEZ, BÁRBARA PAULINA RIVERA SÁEZ, NICOLÁS ANDRÉS RIVERA SÁEZ, MATÍAS CRISTIÁN RIVERA SÁEZ, y MARTÍN ÁNGEL LEANDRO RIVERA SÁEZ, con facultades detalladas en escritura que se extracta. TRES. Actuando conjuntamente DOS cualquiera de los señores TOMÁS PABLO RIVERA SÁEZ, BÁRBARA PAULINA RIVERA SÁEZ, NICOLÁS ANDRÉS RIVERA SÁEZ, MATÍAS CRISTIÁN RIVERA SÁEZ, y MARTÍN ÁNGEL LEANDRO RIVERA SÁEZ, con facultades detalladas en escritura que se extracta.- En lo no modificado continúa vigente primitivo pacto social.- Santiago 24 Junio 2019.-