MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA CRINISO SpA

RUT 76276664-7 CVE 1621471
Capital
$12.589.000 CLP
Fecha instrumento
3 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2019
Notario
LIDIA MARÍA CHAHUAN ISSA
Domicilio
Calera

Sociedad

Capital
$12.589.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Junta extraordinaria de accionistas de AGRÍCOLA CRINISO SpA socio 76276664-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LIDIA MARÍA CHAHUAN ISSA, Notario Público de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en Diego Lillo número 331 en la comuna de La Calera, certifico: por escritura pública de fecha 3 de Julio de 2019, don PATRICIO GUILLERMO DENEY GONZÁLEZ, debidamente facultado al efecto, redujo Junta extraordinaria de accionistas de AGRÍCOLA CRINISO SpA, RUT: 76.276.664-7, adoptándose los siguientes acuerdos: 1) Se deja sin efecto junta extraordinaria de fecha 14 de marzo de 2019. 2) Se aumenta el capital social de $1.000.000.- a $2.052.870.000 (dos mil cincuenta y dos millones ochocientos setenta mil pesos).- dividido en 205.287.- (doscientas cinco mil doscientas ochenta y siete) acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. Las 205.187.- acciones se colocarán a un precio de $10.000.- por acción. Suscripción y pago de las acciones de aumento de capital. Socio Pablo Iván Caviedes Bravo: hace uso de su derecho preferente por un total de 143.630 aportando en dominio las siguientes parcelas y derechos de aguas: a)Parcelas 5B1, 5B2, 5B4, 5B6,5B7, 5B8, 5B9, 5B10, 5B11, 5B12, 5B13, 5B14, 5B15, 5B16, 5B17, 5B18, 5B19, 5B20, 5B21, 5B22, 5B23, 5B24, 5B25, 5B26, 5B27,5B28,5B29,5B30,5B31,5B32,5B33,5B34,5B35,5B36,5B37,5 B38. Dominio inscrito fojas 4183 número 2061; y fojas 4184 número 2062, ambas Registro de Propiedad del año 2013, Conservador de Bienes Raíces de La Calera. Existen gravámenes y son conocidos. b)Derechos de aprovechamiento de aguas que corresponden a la Parcela Cinco guión B, hoy fusionada con la parcela 5-C y denominada en la actualidad Parcela 5-B, de la subdivisión de la Hijuela Cinco del Fundo Santa Herminia, comuna de La Calera; consistentes en el veinticinco por ciento del total de las aguas de la Hijuela cinco, que son derechos permanentes en el canal Purutún de la Tercera Sección del río Aconcagua para regar treinta y nueve hectáreas de dicha Hijuela con las aguas sobrantes de las ciento veinte acciones del Canal Purutún. Dominio inscrito en favor del socio aportante a fojas 190 número 238 del Registro de Propiedad de Aguas del año dos mil trece, Conservador de Bienes Raíces de La Calera. c) Derechos de aprovechamiento de aguas que corresponden a la Parcela Cinco guión C, igual fusión, denominación y sector río que anterior, Dominio inscrito fojas 190 vta. número 239 Registro de Propiedad de Aguas del año dos mil trece, Conservador de Bienes Raíces de La Calera. Existen gravámenes y son conocidos. D)dinero en efectivo enterado en este acto por la suma de $12.589.000. Suscripción y pago de las acciones socio Santa Amalia spA. Aporta en dominio las siguientes parcelas y derechos de aguas: a)Parcelas 5A4, 5A8, 5A11, 5A12, 5A13, 5A14, 5A16, 5A18. Existen gravámenes y son conocidos. Dominio inscrito en favor de sociedad aportante, fojas 3715 número 2520; fojas 3718 número 2523; fojas 3718 número 2524; fojas 3719 número 2525; fojas 3720 número 2526; fojas 3720 vta. número 2527; fojas 3722 vta. número 2529 y fojas 3724 número 2531 respectivamente, todas del Registro de Propiedad del año 2017, Conservador de Bienes Raíces de La Calera. Existen gravámenes y son conocidos. b) Derechos de aprovechamiento de aguas que corresponden a la Parcela 5 guión A, de la subdivisión de la hijuela número cinco del Fundo Santa Herminia de la comuna de La Calera, consistentes en el 25 por ciento del total de las aguas de la Hijuela número cinco que según inscripción de fojas 163 vuelta número ciento sesenta del Registro de Aguas del año 1980 del Conservador de Bienes Raíces de Quillota. Son derechos permanentes en el canal Purutún de la tercera sección de Río Aconcagua para regar treinta y nueve hectáreas de dicha hijuela con las aguas sobrantes de las 120 acciones del Canal Purutún. El dominio rola inscrito a nombre del socio aportante a fojas 257 número 275 del Registro de Propiedades de aguas del año 2017, Conservador de Bienes Raíces de La Calera. c) aporte en efectivo por la suma de $257.648.000.- enterados en este acto. Suscripción y pago acciones socio Fernando Andrés Cabrera Onetto. $10.000.000.- en efectivo en este acto, y $10.000.000- que enterará dentro de 3 años. Nuevo capital social: El capital de la sociedad es la suma de $2.052.870.000. 3) Se modifica el giro social. Queda: “Los objetos de la sociedad serán los siguientes: A) agrícola, pudiendo desarrollar actividades de: exportación agrícola tales como la plantación de frutales y cítricos, y la comercialización de sus frutos; ganadería; arrendar y subarrendar bienes agrícolas; comisionista de frutos, mediería, corredor agrícola, forrajes y cualquier otra actividad relacionada con el giro agrícola; B) inversiones, pudiendo constituir, modificar o participar en cualquier tipo de sociedad, ya sea de personas o de capital; C) transporte de carga por carretera, nacional o internacional; D) actividades empresariales relacionadas con la salud humana, E) constructora ya sea por cuenta propia o ajena, ejecución de trabajos, obras o servicios vinculados directa o indirectamente a la construcción; F) inmobiliaria; G) elaboración, implementación, diseño, manufactura, construcción, fabricación y mantención de todo tipo de proyectos en ingeniería, ya sean urbanos, rurales, comerciales, industriales o en el área de la ingeniería ambiental, montaje de estructuras, armado de piezas y partes industriales o no; ejecución y montaje de obras mineras, arquitectura, ingeniería sanitaria e hidráulica y saneamiento ecológico. H) prestación de servicios profesionales, estudios, asesorías, tasaciones, diseños; I) desarrollo, creación y arriendo de todo tipo de tecnologías creadas y sus procesos sean estas tecnologías convencionales o no convencionales; J) importación, explotación. Consignación, representación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles tales como: insumos relacionados con la agricultura, equipos industriales, mecánicos relacionados con la minería u otros afines; K) la representación de personas jurídicas nacionales e internacionales, marcas y licencias extranjeras tanto en el mercado nacional como internacional; L)capacitación respecto a terceros en cualquier ámbito, en especial en el campo de la agricultura e ingeniería en general; M) arriendo de vehículos motorizados; N) representación de marcas; O) arriendo y subarriendo de todo tipo de maquinarias; P) movimiento de tierras; Q) El arrendamiento, compra y venta y en general adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollar cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; además, podrá invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicios de personal administrativo y secretaria, y de servicios de aseo y transporte. Podrá finalmente, realizar toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con los giros antes mencionados y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas, y en general cualquier otra actividad relacionada o no con los objetos antes descritos. 4) Se modifica la razón social. Queda: CRINISO SpA 5) Se modifica la representación legal de la sociedad. Quedan como representantes legales de la sociedad: PABLO IVÁN CAVIEDES BRAVO, FERNANDO ANDRES CABRERA ONETTO, y ROBERTO FERNANDO CABRERA ZAMORA. Actuación conjunta. 6)En todo lo no modificado se mantienen íntegros y sin cambios los estatutos sociales actualmente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Calera, 11 de Julio de 2019