SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS OLIVOS DE CASABLANCA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de mayo de 2019
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS OLIVOS DE CASABLANCA LIMITADA | socio | 76118691-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUGO PATRICIO MONROY FOIX, Notario Quillota, con oficio en O´Higgins 414, de esta ciudad, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, LAURA MÓNICA MAZUELA NOVOA, C.I Y RUT N°4.771.090-1, domiciliada en Santiago , calle Oscar Tenhann 855 departamento 52 Comuna de Las Condes, por sí y, además, en representación de TERESA HOLDINGS LTD. RUT 59.077.150-3, domiciliada en Sea Meadow House, P.O. Box 116, Blackburne Highway, Road Town, Tortola, British Virgen Islands, RODRIGO FELIX MAZUELA CEPEDA, C.I Y RUT N°10.657.021-3, domiciliado en Avenida Bosques de Montemar 840, Concon, RAMON EDUARDO HERNAN MAZUELA BARROS, C.I Y RUT N°3.987.653-1, domiciliado en Avenida Valparaíso 191 Villa Alemana y RAMON MAZUELA CEPEDA, C.I Y RUT N°9.301.659-9, domiciliado en Condominio El Algarrobal 2 casa U-50, comuna de Colina, modificaron SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS OLIVOS DE CASABLANCA LIMITADA, RUT 76.118.691-4 en el siguiente sentido: a) TERESA HOLDINGS LTD, representada por doña Laura Mónica Mazuela Novoa, vende, cede y transfiere el total de su capital e interés social en la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS OLIVOS DE CASABLANCA LIMITADA”, que asciende en total a un 50%, a doña Laura Mónica Mazuela Novoa, quien adquiere tal capital e interés social. El precio de esta venta es la suma de $92.134.275. b) Se modificó cláusula cuarta del pacto social, en lo que dice relación con las limitaciones de actuación de la administradora de la sociedad, Doña Laura Mónica Mazuela Novoa, en el sentido de sustituir la parte final de la cláusula cuarta por la siguiente: “Limitaciones. Para constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria, otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias, avalar letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, sea para caucionar obligaciones propias o ajenas; para aceptar, posponer y cancelar toda clase de garantías; para dar y tomar bienes en hipoteca, posponer, alzar, sustituir y reducir hipotecas, incluso con cláusula de garantía general. Las hipotecas pueden caucionar obligaciones propias o de terceros a la sociedad, aún de sus propios socios y, para comprar o vender bienes inmuebles a nombre de la sociedad, se requiera además de la firma de doña Laura Mónica Mazuela Novoa, el consentimiento del socio don Ramon Eduardo Mazuela Barros. Por lo tanto, en estos casos, se requerirá la actuación conjunta de los ya mencionados”. Se deja constancia por los comparecientes que a la fecha el capital de la sociedad asciende a $300.000.000 (trescientos millones de pesos) En lo no modificado quedan vigentes estipulaciones contrato social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Quillota 30 de mayo de 2019.