CONSTRUCTORA GALAZ ROJAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de junio de 2019
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 27 de junio de 2019, ante mí, don CLAUDIO ANDRÉS ROJAS FARÍAS domiciliado en Los Dominicos 8630, oficina 810, Las Condes, Región Metropolitana y don IGNACIO ALFREDO GALAZ FARIAS domiciliado en Martín de Zamora 4411, departamento 21, Las Condes, Región Metropolitana, actuales y únicos socios de CONSTRUCTORA GALAZ ROJAS LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 28.594, Nº 16.994 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al 2015, acordaron modificar los estatutos de la sociedad en el siguiente sentido: 1) CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL.- Los actuales y únicos socios acordaron modificar el Artículo Segundo de los estatutos en el sentido que: la razón social será “CONSTRUCTORA GALAZ ROJAS LIMITADA”, sin embargo, podrá funcionar y actuar, para efectos publicitarios y comerciales e inclusive ante los bancos e instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos con los nombres de fantasía “CONSTRUCTORA GRL LTDA.” o “GRL LTDA”; 2) CAMBIO DE ADMINSITRACIÓN: Los actuales y unicos socios acordaron modificar el Artículo Quinto de los estatutos en el sentido que: La administración, representación legal y el uso de la razón social corresponderá a don Claudio Andrés Rojas Farías en su calidad de Gerente General de la sociedad, quien podrá actuar de manera independiente, anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad tanto judicial como extrajudicialmente, pudiendo obligarla con las más amplias facultades que en este acto se dieron por reprodudicas una a una.- El capital social se mantuvo en la suma de $10.000.000, completamente enterado y pagado por los únicos socios. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 04 de julio de 2019.-