MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD FERNÁNDEZ Y VÁSQUEZ LIMITADA

RUT 76680192-7 CVE 1620533
Fecha instrumento
9 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2019
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 09 de julio de 2019, otorgada ante mí, doña MIRIAM DEL CARMEN VASQUEZ BARRIENTOS, domiciliada en la ciudad de Temuco, Avenida Los Ganaderos número cero tres mil ochocientos veintiuno, Villa Altos del Maipo; doña JULIETTE ALEJANDRA FERNANDEZ VASQUEZ, domiciliada en la ciudad de Temuco, en Avenida San Martín número cero dos mil cuatrocientos setenta, Lomas de Mirasur; y don JUAN DARIO FERNANDEZ VASQUEZ, domiciliado en la ciudad de Temuco, en Avenida Los Ganaderos número cero tres mil ochocientos veintiuno, Villa Altos del Maipo, modificaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada “SOCIEDAD FERNANDEZ Y VASQUEZ LIMITADA" constituida por don Juan Bautista Fernández Tejo y doña Miriam del Carmen Vásquez Barrientos, por escritura pública de fecha dieciséis de enero del año dos mil diecisiete, otorgada ante el señor Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, la que se inscribió a fojas ciento setenta y tres vuelta, bajo el número ciento treinta, del Registro de Comercio de Temuco del año dos mil diecisiete, y se publicó en el Diario Oficial de su edición del día veintitrés de enero de dos mil diecisiete; modificada por escritura pública de fecha veinte de febrero enero del año dos mil diecisiete, otorgada ante el señor Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, la que se inscribió a fojas trescientos cuarenta y siete vuelta, bajo el número doscientos cincuenta y siete, del Registro de Comercio de Temuco del año dos mil diecisiete, y se publicó en el Diario Oficial de su edición del día seis de marzo de dos mil diecisiete.- Actual modificación consistió: Producto del fallecimiento del socio JUAN BAUTISTA FERNÁNDEZ TEJO, sus herederos JULIETTE ALEJANDRA FERNANDEZ VASQUEZ, JUAN DARIO FERNANDEZ VASQUEZ y doña MIRIAM DEL CARMEN VASQUEZ BARRIENTOS, existiendo comunidad hereditaria respecto de los derechos sociales de los cuales era dueño el causante en la “SOCIEDAD FERNANDEZ Y VASQUEZ LIMITADA", convinieron su ingreso formal a la sociedad, en la proporción en la cual ellos participan en la comunidad hereditaria de don JUAN BAUTISTA FERNÁNDEZ TEJO. Incorporación a sociedad es aceptada unánimemente tanto por la antigua como por los nuevos socios, todo lo anterior de acuerdo señalado en artículo dos mil ochenta y ocho del Código Civil. En consecuencia quedan como únicos socios de “SOCIEDAD FERNANDEZ Y VASQUEZ LIMITADA": doña MIRIAM DEL CARMEN VASQUEZ BARRIENTOS, con una participación en el capital y derechos sociales equivalente al 75%; doña JULIETTE ALEJANDRA FERNANDEZ VASQUEZ, con una participación en el capital y derechos sociales equivalente al 12,5%; y don JUAN DARIO FERNANDEZ VASQUEZ, con una participación en el capital y derechos sociales equivalente al 12,5%.- Actuales socios manifiestan voluntad de continuidad de la sociedad, y procedieron a modificar pacto social en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social, y del nombre de fantasía corresponderán a las socias doña MIRIAM DEL CARMEN VASQUEZ BARRIENTOS y doña JULIETTE ALEJANDRA FERNANDEZ VASQUEZ; quienes en forma conjunta, separada o independiente, y anteponiendo a sus firmas la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y en especial y además, en la celebración de los actos o contratos que señala escritura que extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 09 de julio de 2019.-