PRODUCCIONES DINAMICS SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de junio de 2019
- Notario
- Patricio Raby Benavente
- Oficio
- 5º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JORGE EDUARDO QUINTANA SOLANO | socio | 16252441-0 | — | — | |
| DIEGO ANTONIO QUINTANA SOLANO | socio | 16743997-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Raby Benavente, Abogado, Notario Público, Titular 5º Notaría de Santiago, Gertrudis Echeñique 30, oficina 32, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de junio de 2019, ante mi, (i) don JORGE EDUARDO QUINTANA SOLANO, chileno, soltero, empresario, C.N.I. N° 16.252.441-0, y (ii) don DIEGO ANTONIO QUINTANA SOLANO, chileno, soltero, empresario, C.N.I. N° 16.743.997-7, ambos domiciliados para estos efectos en Avda. Providencia 1208, of. 311, Providencia, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad por acciones denominada “PRODUCCIONES DINAMICS SpA.”, la que podrá actuar bajo el nombre de fantasía de “EXPERIENCIA GO KIDS SpA.”, domiciliada en la ciudad de Santiago; y cuyo objeto será: a) La realización directa o indirecta de toda clase de actividades relacionadas a la mercadotecnia, publicidad, propaganda y campañas publicitarias, de todo género y para toda clase de personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, a través de los medios que se estimen como apropiados dentro de los cuales destacan el diseño, creación, producción y promoción de campañas publicitarias a realizarse en prensa, radio, televisión, salones de exhibición, anuncios de toda clase, material impreso, diseños corporativos, medio digitales y redes sociales; b) La prestación de servicios técnicos para la introducción de productos o mercancías nacionales o extranjeras en mercados nacionales o extranjeros; c) La realización de toda clase de actividades relacionadas con las artes gráficas, publicitarias, trabajos de fotografía, diseño, arquitectura, decoración, proyectos e impresión de toda clase de materiales; d) La organización, contratación y/o producción de eventos y espectáculos, artísticos, culturales, deportivos, nacionales e internacionales, de cualquier índole, rama, especialidad o características, tanto públicos como privados; e) La compra, venta, arriendo, importación y comercialización, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de insumos, útiles, implementos, productos o artículos, afines a la producción de eventos y espectáculos de cualquier índole; f) La contratación por sí o para terceros de presentaciones artísticas, de cualquiera naturaleza, o de actividades que comprendan el esparcimiento, y la explotación de todas las actividades afines a estos eventos; g) La realización de actividades relacionadas, directa o indirectamente, con el marketing, el merchandising y cualesquiera otras actividades comerciales; h) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, investigación, gestión, administración, instalación, agencia, representación, estudios de mercado relacionados con las actividades antes reseñadas, así como la compra, venta y explotación de bienes muebles e inmuebles; i) La importación, exportación, distribución, representación, arriendo, compra y venta de todo tipo de mercancías, productos electrónicos, artículos y equipos tecnológicos; j) La prestación de servicios de instalación, soporte técnico, capacitación, consultoría y mantenimiento; y k) La realización de cualesquiera otras actividades complementarias o relacionadas con las anteriores, que acordaren el o los accionistas.- La duración de la sociedad será indefinida, y su capital de $2.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal; íntegramente suscrito y pagado por los accionistas constituyentes, en el acto de constitución.- La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a los accionistas constituyentes, don JORGE EDUARDO QUINTANA SOLANO, y don DIEGO ANTONIO QUINTANA SOLANO, quienes podrán administrar la sociedad, representarla y hacer uso de la razón social conjunta o separadamente, de manera indistinta, por sí solos -o bien a través de personas especialmente designadas para ello con aquellas facultades que expresamente se le otorguen- con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada.- La responsabilidad del accionistas está limitada al monto de su aporte en conformidad a las acciones suscritas al momento de constituir la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de julio del 2019.- P. Raby B. Not. Púb.-