CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EVERDENTS SERVICIOS ODONTOLÓGICOS LIMITADA

CVE 1620237
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de junio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de junio de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
1 año contado desde fecha de instrumento extractado, prorrogable por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término con un mes de anticipación a lo menos

Objeto social

Uno) La prestación de servicios médicos odontológicos en todas sus áreas, especialidades y subespecialidades, respecto de pacientes particulares, o en convenio con empresas y otros organismos particulares, fiscales y semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas; y toda otra actividad relacionada o conducente a lo anterior; Dos) La compra, venta, importación, exportación y comercialización de insumos y productos relacionados a la salud dental y humana; y, Tres) Formar o participar en sociedades de cualquier clase y naturaleza, y en personas jurídicas, tanto en Chile como en el extranjero, y tomar la representación de firmas nacionales o extranjeras. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar todos los actos, contratos y negociaciones que tiendan a su consecución o que se relacionen con los fines sociales, y podrá desarrollar cualquier actividad comercial lícita que los socios acuerden, pudiendo desarrollarlos tanto en Chile como en el extranjero. -Administración y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Publico, Titular 43ª Notaria Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, Comuna de Santiago, certifica que por escritura publica de fecha 20 de junio de 2019, ante mi, comparecen: don Gonzalo Andrés Mancilla Tapia; y doña Pamela Johana Schaaf Mercurio, ambos domiciliados en Avenida La Florida 7.729, La Florida, Santiago, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada de razón social “EVERDENTS SERVICIOS ODONTOLÓGICOS LIMITADA”; nombre de fantasía “EVERDENTS LTDA”.- Objeto. Uno) La prestación de servicios médicos odontológicos en todas sus áreas, especialidades y subespecialidades, respecto de pacientes particulares, o en convenio con empresas y otros organismos particulares, fiscales y semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas; y toda otra actividad relacionada o conducente a lo anterior; Dos) La compra, venta, importación, exportación y comercialización de insumos y productos relacionados a la salud dental y humana; y, Tres) Formar o participar en sociedades de cualquier clase y naturaleza, y en personas jurídicas, tanto en Chile como en el extranjero, y tomar la representación de firmas nacionales o extranjeras. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar todos los actos, contratos y negociaciones que tiendan a su consecución o que se relacionen con los fines sociales, y podrá desarrollar cualquier actividad comercial lícita que los socios acuerden, pudiendo desarrollarlos tanto en Chile como en el extranjero. -Administración y uso de razón social: don Gonzalo Andrés Mancilla Tapia o a doña Pamela Johana Schaaf Mercurio, indistintamente, con amplias facultades que detalla instrumento extractado.- Domicilio. Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o en el extranjero.- Capital: $1.000.000, que los socios aportan y pagan: a) don Gonzalo Andrés Mancilla Tapia aporta $400.000, correspondientes al 40% de los derechos sociales, que paga en acto de constitución social en dinero en efectivo; b) doña Pamela Johana Schaaf Mercuri aporta $600.000, correspondientes al 60% de los derechos sociales, que paga en acto de constitución social en dinero en efectivo.- los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes.- Duración: 1 año contado desde fecha de instrumento extractado, prorrogable por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término con un mes de anticipación a lo menos.- Demás estipulaciones en instrumento extractado.