Instrumento
- Fecha
- 4 de julio de 2019
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Oficio
- Titular de la Trigésimo Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago de Chile
Objeto social
La sociedad tiene por objeto la construcción, edificación y montaje, por cuenta propia o ajena de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales o industriales; transporte de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, económicos o financieros; prestación de servicios, asesorías y consultorías en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales útiles, implementos y maquinarias de construcción, edificación y montaje; y ejecutar todos los actos y contratos que sean conducentes a dichos objetivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésimo Sexta Notaría de Santiago, de don Andrés Rieutord Alvarado, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 4 de julio de 2019, ante mí, la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES AL SOL LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario Número setenta y seis millones ciento dieciocho mil ciento quince guion dos, representada en este acto por don Alfonso Araya de La Taille-Tretinville, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad número trece millones doscientos cincuenta y dos mil novecientos nueve guion cuatro, con domicilio para estos efectos en calle Monjitas número 251, departamento 81, esquina de calle Ismael Valdés Vergara, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y la sociedad INVERSIONES ARDO SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario Número setenta y siete millones veintinueve mil quinientos cuarenta y siete guion cinco, representada en este acto por don Cristóbal Donoso Villela, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, cédula de identidad número catorce millones quinientos treinta y siete mil ciento ochenta y nueve guion nueve, ambos con domicilio para estos efectos en calle Gamero número 1317, comuna de Independencia, Región Metropolitana constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: CONSTRUCTORA ALTO SpA. Domicilio: ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de lo cual podrá establecer agencias, sucursales, establecimientos, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Objeto: La sociedad tiene por objeto la construcción, edificación y montaje, por cuenta propia o ajena de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales o industriales; transporte de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, económicos o financieros; prestación de servicios, asesorías y consultorías en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales útiles, implementos y maquinarias de construcción, edificación y montaje; y ejecutar todos los actos y contratos que sean conducentes a dichos objetivos.- Capital: $1.000.000, divido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, que se encuentran suscritas y pagadas de la siguiente forma: ASESORÍAS E INVERSIONES AL SOL LIMITADA suscribe la cantidad de 500 acciones por un valor de $500.000, que paga al contado y en dinero en efectivo, en este acto, ingresados en la caja social de una sola vez; INVERSIONES ARDO SpA suscribe la cantidad de 500 acciones por un valor de $500.000 que paga al contado y en dinero en efectivo, en este acto, ingresados en la caja social de una sola vez. De esta forma, quedan suscritas y pagadas la totalidad de las acciones emitidas por la sociedad. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de julio de 2019.-