CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TRANSFLO SpA

CVE 1619015
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2019
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
Séptima Notaría de Santiago; con Oficio en calle Agustinas mil ciento sesenta y uno
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago; con Oficio en calle Agustinas mil ciento sesenta y uno, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública, de 03 de Julio de 2019, ante Notario Suplente don CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES: Don SAMUEL FERNANDO CUETO LOPEZ, chileno, casado, Geógrafo, con domicilio en Húsares de la Muerte parcela número 29 casa letra I, comuna de Maipu, Región Metropolitana constituye una sociedad por acciones como sigue: Razón social "TRANSFLO SpA" pudiendo usar como nombre de fantasía ante terceros, y en especial ante los bancos, el de "TRANSFLO".- El Objeto de la presente sociedad será: a) Transportes de Pasajeros y Turistas; b) Transporte de Trabajadores; c) Transporte de Escolares; d) Transporte de pasajeros por locomoción Colectiva; e) Transporte de Taxis, colectivos y Radio taxis; f) Transporte de pasajeros por carreteras; g) Compra y Venta de Vehículos nuevos y usados; h) Mantención y Reparación de Vehículos y Motocicletas; i) Servicio de Lavado y Limpieza de Vehículos; j) Compra y venta de Repuestos automotrices; k) Compra Venta de Maquinarias; l) Alquiler de Vehículos y Maquinarias; m) Explotación de Terminal de Pasajeros, y Estacionamientos de Vehículos; n) Parquímetros; o) Actividades de mensajerías y Correos; p) Suministros de Comidas por Encargo y otros servicios; q) Servicios de Publicidad; r) Operador turístico y Agencia de Viajes; s) Toda otra actividad que él o los socios acuerden desarrollar Capital $5.000.000, dividido en 100 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de julio de 2019.