MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ASESORIAS E INVERSIONES AMEDA SpA

RUT 76416599-3 CVE 1618946
Fecha instrumento
4 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de julio de 2019
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
10° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público, Titular de la 10° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número 1235, local 2, 1° y 2° piso, certifico: Que por escritura pública de hoy, ante mí, don NICOLÁS ALFONSO IGLESIAS BASCUÑÁN, abogado, C.I. 9.909.860-0, Av. Recoleta 464, OFICINA 113, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago, redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de ASESORIAS E INVERSIONES AMEDA SpA, celebrada con fecha 4 julio 2019, en la que la totalidad de los accionistas, según Registro de Accionistas tenido a la vista por la notario asistente, se acordó en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 19.499, SANEAR la modificación de los estatutos sociales acordada en Junta Extraordinaria de accionistas, celebrada con fecha 30 de abril de 2018 reducida a escritura pública con fecha 10 de mayo de 2018 ante don Humberto Quezada Moreno, Abogado, Notario Público, Titular de la 26ª Notaría de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 42.200 número 22.076 del Registro de Comercio de Santiago del año 2018, publicado en el Diario oficial Nº 42.077 del día 8 de junio del mismo año, en la que erróneamente se individualizó en dicha Junta al accionista “Anestesiólogos San Cristóbal S.A.” anteponiéndole a su razón social la palabra Sociedad, al accionista “Radioneurocirugía Gamaknife SpA” omitiéndosele a su razón social la palabra Radioneurocirugía, al accionista “Parra & Kleinsteuber Limitada.” anteponiéndole a su razón social la palabra Sociedad Médica y a “Campos y Delgado Servicios Médicos Limitada” anteponiéndole a su razón social la palabra Sociedad Médica. Que, incurriéndose en un error en la individualización de los accionistas, no obstante, a que ello no induce a error en cuanto a su individualización, se ha tenido a bien sanear la antedicha modificación, a la luz de lo previsto en el artículo 9 de la ley 19.499, en el sentido de precisar correctamente las razones sociales de los accionistas señalados quedando de la siguiente forma: “Anestesiólogos San Cristóbal S.A.,” “Radioneurocirugía Gamaknife SpA”, “Parra & Kleinsteuber Limitada.” y “Campos y Delgado Servicios Médicos Limitada”. Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago, 4 de julio de 2019.