CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA E INVERSIONES PHOENIX LIMITADA

CVE 1619523
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
25 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de junio de 2019
Notario
Félix Jara Cadot
Oficio
Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000 CLP

Objeto social

a) La explotación agrícola, ganadera, frutícola y forestal de los predios que arriende, adquiera o se aporten a ella; b) la realización de inversiones, sean éstas en bienes muebles corporales e incorporales, acciones de sociedades anónimas, por acciones o en comandita, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, como asimismo en bienes raíces rurales o urbanos, pudiendo éstos últimos darlos en arrendamiento amoblados o no y con instalaciones o sin éstas; y c) El diseño, desarrollo, implementación, construcción y)o comercialización en cualquiera de sus formas, de todo tipo de loteos, edificaciones, condominios o proyectos inmobiliarios; la compra, venta, comercialización, explotación y administración de todo tipo de bienes corporales inmuebles. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a los señores Matías Alberto Garcés Silva y Andrés Francisco Verdugo Silva, quienes actuando en forma conjunta, en nombre y representación de la sociedad, podrán celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, sean éstos de administración o de disposición de bienes, sin limitación ni exclusión alguna y, en especial aquellos que a título enunciativo se mencionan en la cláusula “Tercero” de la escritura que extracto. Capital de la sociedad es la suma de $200.000.000 que los socios aportan y aportarán como sigue: $100.000.000 Inversiones Valentina Limitada, de los cuales $100.000 aporta en este acto, al contado y en dinero efectivo, quedando dicha suma ingresada a la caja social y $99.900.000 que aportará en el plazo de un año contado desde esta fecha, conforme las necesidades sociales así lo requieran; y $100.000 Desarrollos Inmobiliarios Palafitos SpA, de los cuales $100.000 aporta en este acto, al contado y en dinero efectivo, quedando dicha suma ingresada a la caja social y $99.900.000 que aportará en el plazo de un año contado desde esta fecha, conforme las necesidades sociales así lo requieran. La sociedad ha comenzado a regir con esta fecha y durará 5 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 2 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, voluntad que deberá expresarse por medio de una declaración hecha por escritura pública en este sentido, la cual el interesado deberá hacer anotar al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Félix Jara Cadot, Notario Público Titular de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, domiciliado Huérfanos 1160, subsuelo, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura otorgada con fecha 25 de junio de 2019, ante mí, Inversiones Valentina Limitada, domiciliada en Santiago, El Golf 99, piso 8, comuna de Las Condes, y Desarrollos Inmobiliarios Palafitos SpA, domiciliada en Santiago, Los Bellotos 2440, casa 4, comuna de Las Condes, formaron sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en la comuna de Las Condes, bajo razón social de AGRÍCOLA E INVERSIONES PHOENIX LIMITADA. La sociedad tiene por objeto: a) La explotación agrícola, ganadera, frutícola y forestal de los predios que arriende, adquiera o se aporten a ella; b) la realización de inversiones, sean éstas en bienes muebles corporales e incorporales, acciones de sociedades anónimas, por acciones o en comandita, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, como asimismo en bienes raíces rurales o urbanos, pudiendo éstos últimos darlos en arrendamiento amoblados o no y con instalaciones o sin éstas; y c) El diseño, desarrollo, implementación, construcción y/o comercialización en cualquiera de sus formas, de todo tipo de loteos, edificaciones, condominios o proyectos inmobiliarios; la compra, venta, comercialización, explotación y administración de todo tipo de bienes corporales inmuebles. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a los señores Matías Alberto Garcés Silva y Andrés Francisco Verdugo Silva, quienes actuando en forma conjunta, en nombre y representación de la sociedad, podrán celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, sean éstos de administración o de disposición de bienes, sin limitación ni exclusión alguna y, en especial aquellos que a título enunciativo se mencionan en la cláusula “Tercero” de la escritura que extracto. Capital de la sociedad es la suma de $200.000.000 que los socios aportan y aportarán como sigue: $100.000.000 Inversiones Valentina Limitada, de los cuales $100.000 aporta en este acto, al contado y en dinero efectivo, quedando dicha suma ingresada a la caja social y $99.900.000 que aportará en el plazo de un año contado desde esta fecha, conforme las necesidades sociales así lo requieran; y $100.000 Desarrollos Inmobiliarios Palafitos SpA, de los cuales $100.000 aporta en este acto, al contado y en dinero efectivo, quedando dicha suma ingresada a la caja social y $99.900.000 que aportará en el plazo de un año contado desde esta fecha, conforme las necesidades sociales así lo requieran. La sociedad ha comenzado a regir con esta fecha y durará 5 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 2 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, voluntad que deberá expresarse por medio de una declaración hecha por escritura pública en este sentido, la cual el interesado deberá hacer anotar al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas, constan escritura que extracto.