VENDING Y SERVICIOS CCU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| VENDING Y SERVICIOS CCU LIMITADA | socio | 77736670-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, pis o 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de mayo de 2019, ante mí, CCU INVERSIONES S.A. RUT N° 76.593.550-4 y CERVECERA CCU CHILE LIMITADA RUT N° 96.989.120-4, ambas domiciliadas para estos efectos en Avda. Presidente Eduardo Frei Montalva N° 1.500, Renca, Santiago, únicas y actuales socias de VENDING Y SERVICIOS CCU LIMITADA, RUT N° 77.736.670-K (la “Sociedad ”), inscrita a fojas 7.849, N° 6.415 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2002, otorgaron escritura pública bajo el repertorio número 19.315-2019 en la que acordaron, entre otras materias, lo siguiente: Uno) Aprobar la fusión por incorporación de Vending y Servicios CCU Limitada en Embotelladoras Chilenas Unidas S.A. a contar del 1 de junio de 2019, esto es, la absorción de la Sociedad, que se disolverá, por Embotelladoras Chilenas Unidas S.A., sucediéndola esta última en todos sus derechos y obligaciones a contar del 1 de junio de 2019; Dos) Aprobar los estatutos de la sociedad absorbente Embotelladoras Chilenas Unidas S.A., incluyendo todas las modificaciones que acordaron sus accionistas como consecuencia de la fusión; Tres) Aprobar la disolución de la Sociedad, no procediendo su liquidación, con motivo de la aprobación de la fusión, con efectos a contar del 1 de junio de 2019, fecha en que la sociedad absorbente se hará materialmente cargo de las operaciones de la Sociedad, pasando a ser para todos los efectos legales, la sucesora y continuadora legal de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Santiago 03 de julio de 2019.