Asesorías e Inversiones GES Limitada
Instrumento
- Fecha
- 2 de julio de 2019
- Repertorio
- 19898-2019
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Oficio
- 36 Notaría Santiago de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Sociedad
- Capital
- $4.200.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad y comuna de Zapallar, Quinta Región
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios o asesorías profesionales o técnicas en materias legales, administrativas, financieras y económicas, relacionadas con la organización, dirección, administración, gestión y explotación de empresas, negocios, establecimientos, mercados y actividades de cualquier clase u objeto; b) la adquisición y enajenación, a cualquier título, y la administración, comercialización y explotación e inversión, en cualquier forma, de y en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales e incorporales, títulos de crédito, de deudas o representativas de obligaciones de dinero y valores mobiliarios en general, y toda clase de negocios y empresas, incluyendo la formación y)o participación en sociedades de cualquier naturaleza y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente de la 36 Notaría Santiago de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, domiciliada en La Concepción 65, piso 2, Providencia, CERTIFICO: por escritura pública de 1° julio 2019, repertorio 19.898-2019, ante mí: Gonzalo Eyzaguirre Smart, Asesorías e Inversiones San Marcelo Limitada, Asesorías e Inversiones Santa Pilar Limitada, Asesorías e Inversiones Jose Limitada, Asesorías e Inversiones Santa Antonia Limitada y Asesorías e Inversiones Colo Limitada; todos domiciliados estos efectos Av. Apoquindo 3.650, piso 15, Las Condes, Santiago; modificaron sociedad responsabilidad limitada Asesorías e Inversiones GES Limitada, inscrita fojas 192 Nº168 Reg. Comercio La Ligua 2013, como sigue: Uno) i) Transformar Asesorías e Inversiones GES Limitada en una sociedad por acciones; ii) modificar el nombre o denominación de la sociedad por el de “Asesorías e Inversiones GES SpA”; iii) modificar la duración de la sociedad estableciendo que ésta será indefinida; y iv) Dejar sin efecto los actuales estatutos de Asesorías e Inversiones GES Limitada y reemplazarlos en su integridad por aquellos que se indican a continuación. Dos) Estatutos sociedad transformada Asesorías e Inversiones GES SpA son: Nombre: "Asesorías e Inversiones GES SpA".- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios o asesorías profesionales o técnicas en materias legales, administrativas, financieras y económicas, relacionadas con la organización, dirección, administración, gestión y explotación de empresas, negocios, establecimientos, mercados y actividades de cualquier clase u objeto; b) la adquisición y enajenación, a cualquier título, y la administración, comercialización y explotación e inversión, en cualquier forma, de y en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales e incorporales, títulos de crédito, de deudas o representativas de obligaciones de dinero y valores mobiliarios en general, y toda clase de negocios y empresas, incluyendo la formación y/o participación en sociedades de cualquier naturaleza y objeto. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la Sociedad. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad y comuna de Zapallar, Quinta Región, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos, y desarrollar su giro en otros puntos del país y en el extranjero.- Duración: indefinida. Capital: $4.200.000.-, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de julio de 2019.