DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EMPRESA CONSTRUCTORA ANGOSTURA LIMITADA

RUT 76090433-3 CVE 1617948
Fecha instrumento
27 de mayo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de mayo de 2019
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
7 a Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SALINI IMPREGILO S.p.A. AGENCIA EN CHILE socio 59157730-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Público Titular de la 7 a Notaría de Santiago, Agustinas número 1161. Entrepiso, certifica:- Que por escritura pública de fecha 27 de mayo del año 2019, suscrita ante Mi; comparecieron: SALINI IMPREGILO S.p.A. AGENCIA EN CHILE, RUT: 59.157.730-1, agencia constituida en Chile por la sociedad por acciones de nacionalidad italiana denominada SALINI IMPREGILO S.p.A., del giro de la construcción, representada, por don LUCA LEGISA LEGHISSA, italiano, casado, ingeniero, cedula de identidad para extranjeros número 23.819.367- 2, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo número 3068, oficina 403, Las Condes, Región Metropolitana; y EMPRESA CONSTRUCTORA FE GRANDE S.A., del giro de su denominación, RUT 83.109.000-6, representada por don JORGE ELIAS CORREA CARVALLO, chileno, casado, contador auditor, cédula de identidad número 11.867.166-K y por don JOSÉ TOMÁS PALACIOS CALVANESE, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 16.354.600-0, todos domiciliados en Avenida Presidente Riesco número 5335, piso 12, Las Condes, Santiago; otorgaron escritura de Termino de sociedad y Liquidación de EMPRESA CONSTRUCTORA ANGOSTURA LIMITADA, RUT número 76.090433-3, empresa que se encuentra inscrita a fojas 12407, número 8371, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010. Un extracto de la escritura de TERMINO DE SOCIEDAD Y LIQUIDACION, se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 46368, número 23231, correspondiente al año 2019, y se publicó en el Diario Oficial del día 21 de Junio del año 2019.- En dicho extracto, se señalaron erróneamente las siguientes clausulas: SEGUNDO. Que, por el presente instrumento, según la cláusula 9 del contrato social, los comparecientes, acuerdan la disolución de esta sociedad a contar del día 1 de junio del 2019, habiéndose efectuado el termino de giro con fecha 31 de junio de 2017, según consta en Certificado de Termino de Giro Folio número 950666640, emitido el Servicio de Impuestos Internos; y la cláusula CUARTO. Los aportes de los socios, actualizados a la última escritura de modificación de sociedad, de fecha 23 de abril de 2015, inscrita a fojas 22547, número 13491, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil quince, son los siguientes: a) SALINI IMPREGILO S.p.A. aportó $14.564.000, correspondiente a un 65% de interés en la sociedad, que se enteró en la siguiente forma: a) Con la cantidad de $32.500.000, que había aportado al momento de la constitución de la sociedad, al contado y en dinero efectivo; y b) Con la suma de $14.541.800, que aportó mediante la capitalización de créditos que tenía vigentes con la sociedad que por este acto se disuelve; b) EMPRESA CONSTRUCTORA FE GRANDE S.A. aportó la suma de $7.847.700, correspondiente a un 35% de interés en la sociedad, que se enteró en la siguiente forma: a) Con la cantidad de $17.500.000, que había aportado con anterioridad a esta fecha, al momento de la constitución de la sociedad, al contado y en dinero efectivo; y b) Con la suma de $17.830.200, que aportó mediante la capitalización de créditos que tenía vigentes con la sociedad que por este acto se disuelve.-La Notario que suscribe, certifica que las cláusulas SEGUNDO y CUARTO correctas son:- SEGUNDO. Que por el presente instrumento,segun la cláusula NOVENO del contrato social, los comparecientes, acuerdan la disolución de esta sociedad a contar del día 1 de junio del año 2019, habiéndose efectuado el termino de giro con fecha 31 de julio de 2017, según consta en Certificado de Termino de Giro Folio número 950676640 emitido por el Servicio de Impuestos Internos,-CUARTO. Los aportes de los socios, actualizados a la última escritura de modificación de sociedad, de fecha veintitrés de abril de dos mil quince, inscrita a fojas veintidós mil quinientos cincuenta y siete número trece mil cuatrocientos noventa y uno del registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil quince, son los siguientes: a) SALINI IMPREGILO S.p.A. aportó catorce mil quinientos setenta y cuatro millones trescientos mil pesos, correspondiente a un sesenta y cinco por ciento de interés en la sociedad, que se enteró en la siguiente forma: a) Con la cantidad de treinta y dos millones quinientos mil pesos, que había aportado al momento de la constitución de la sociedad, al contado y en dinero efectivo; y b) Con la suma de catorce mil quinientos cuarenta y un millones ochocientos mil pesos, que aportó mediante la capitalización de créditos que tenía vigentes con la sociedad que por este acto se disuelve; b) EMPRESA CONSTRUCTORA FE GRANDE S.A. aportó la suma de siete mil ochocientos cuarenta y siete millones setecientos mil pesos, correspondiente a un treinta y cinco por ciento de interés en la sociedad, que se enteró en la siguiente forma: a) Con la cantidad de diecisiete millones quinientos mil pesos, que había aportado con anterioridad a esta fecha, al momento de la constitución de la sociedad, al contado y en dinero efectivo; y b) Con la suma de siete mil ochocientos treinta millones doscientos mil pesos, que aportó mediante la capitalización de créditos que tenía vigentes con la sociedad que por este acto se disuelve.- y no como se señaló erroneamente en el extracto antes citado e inscrito y publicado, y no así en la escritura de 27 de mayo de 2019 citada, en la cual se encuentra correctamente transcritas las clausulas antes señaladas.- Santiago, 1 de Julio de 2.019.