MONTAJES MECÁNICOS Y PUESTA EN MARCHA JR SLU, AGENCIA EN CHILE
Instrumento
- Fecha
- 1 de julio de 2019
- Repertorio
- 4024-2019
- Notario
- ENRIQUE MIRA GAZMURI
- Oficio
- Titular de la 29° Notaría de Santiago don Raúl Undurraga Laso
- Comuna
- Santiago don Raúl Undurraga Laso
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Agencia será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalENRIQUE MIRA GAZMURI, Notario Público Suplente del Titular de la 29° Notaría de Santiago don Raúl Undurraga Laso, con domicilio en calle Mac Iver 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 01 de julio de 2019, repertorio N° 4024-2019, ante mí, don Juan Francisco Varela Echaurren, domiciliado en Avenida Apoquindo Nº 3.500, piso 16, Las Condes, Santiago, ha efectuado la declaración de constitución de agencia de la sociedad extranjera MONTAJES MECÁNICOS Y PUESTA EN MARCHA JR SLU(la “Sociedad”), en conformidad con lo dispuesto por el artículo 447 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos términos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre con que la Sociedad operará en Chile será MONTAJES MECÁNICOS Y PUESTA EN MARCHA JR SLU, AGENCIA EN CHILE(la “Agencia”). Domicilio: El domicilio de la Agencia será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda abrir oficinas, sucursales u otro establecimiento en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Capital: $1.000.000, que el que se enteró en su totalidad en la misma fecha de la escritura extractada. Agente o representante: Don Juan Francisco Varela Echaurren. Sumado a lo anterior, con fecha 1 de julio de 2019, he protocolizado los siguientes antecedentes debidamente legalizados en el idioma español: a) bajo el repertorio número 4022-2019: Certificados que acreditan que la Sociedad se encuentra legalmente constituida de acuerdo con la ley de España y que se encuentra vigente; b) bajo el repertorio número 4022- 2019: Copia auténtica de los estatutos vigentes de la Sociedad; y c) bajo el repertorio número 4023-2019: Poder general otorgado por la Sociedad al Agente que la representa en el país, en el que se expresa en forma clara y precisa que el agente obra en Chile bajo la responsabilidad directa de la Sociedad, con amplias facultades para ejecutar operaciones en su nombre y en que se le otorgan expresamente las facultades a que se refiere el inciso segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 02 de julio de 2019.