CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GESTION INMOBILIARIA INFYNIA SpA

RUT 6379799-5 CVE 1616787
Fecha instrumento
24 de junio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2019
Repertorio
19062
Notario
KARINA FLORES MUÑOZ
Oficio
don Andrés Rieutord Alvarado Titular 36 Notaría de Santiago con oficio calle La Concepción 65
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de la fecha de suscripción de la presente escritura, renovables por períodos iguales en la forma señalada en la escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La intermediación en la venta y el arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inmuebles, sean ellos habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas; b) La compra, reparación y venta o arrendamiento, por cuenta propia o ajena de inmuebles habitacionales, comerciales o industriales: c) El estudio y elaboración de proyectos de construcción, por cuenta propia o ajena, y su posterior venta o arrendamiento; d) La administración de contratos de arrendamientos; e) Tasaciones de inmuebles y propiedades de todos tipo; f) La intermediación en el arriendo, venta, usufructo de derechos de agua; g) cualquier otro negocio que los socios acuerden y que tengan una relación directa o indirecta con los objetivos señalados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente de don Andrés Rieutord Alvarado Titular 36 Notaría de Santiago con oficio calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de junio de 2019, Repertorio Nº 19.062, ante mí, don, FELIPE ROSSELOT CORREA, chileno, divorciado, empresario, C.I. 6.379.799-5; doña MARTA RUTH SALAS GATICA, chilena, divorciada, empresaria, C.I. 7.276.251-7; don JORGE IGNACIO RUIZ TAGLE BURGOS, chileno, casado, administrador de empresas, C.I. 10.058.723-8; doña MARIA CONSUELO ROGERS BISAÑEZ, chilena, casada, corredora de propiedades, C.I. 10.598.889-3 y don HAROLD GUILLERMO ROGERS CASANUEVA, chileno, casado, ingeniero civil, C.I. 4.623.566-5, para estos efectos todos domiciliados en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, Torre Oriente, oficina trescientos tres, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyen una sociedad por acciones que se regirá por las siguientes normas: RAZON SOCIAL: “GESTION INMOBILIARIA INFYNIA SpA”, pudiendo usar, inclusive ante los Bancos, el nombre de fantasía de “INFYNIA SpA.” DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que quisiere establecer en otras comunas o regiones del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La intermediación en la venta y el arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inmuebles, sean ellos habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas; b) La compra, reparación y venta o arrendamiento, por cuenta propia o ajena de inmuebles habitacionales, comerciales o industriales: c) El estudio y elaboración de proyectos de construcción, por cuenta propia o ajena, y su posterior venta o arrendamiento; d) La administración de contratos de arrendamientos; e) Tasaciones de inmuebles y propiedades de todos tipo; f) La intermediación en el arriendo, venta, usufructo de derechos de agua; g) cualquier otro negocio que los socios acuerden y que tengan una relación directa o indirecta con los objetivos señalados. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de UN MILLON DE PESOS dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. ADMINISTRACION Y USO DE RAZÓN SOCIAL: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros titulares. DURACION: La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de la fecha de suscripción de la presente escritura, renovables por períodos iguales en la forma señalada en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 26 de Junio de 2019.