CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA QUILACURA LIMITADA

RUT 5554233-3 CVE 1616397
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
1 de julio de 2019
Notaría
Concepción
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2019
Notario
MARIO ABURTO CONTARDO
Oficio
Sexta Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

N. fantasía
“QUILACURA LMITADA.” pudiendo abreviar en ambos nombres la palabra “LIMITADA” por “Ltda
Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Concepción
Duración
3 años desde fecha escritura, prorrogable automáticamente por períodos iguales, salvo voluntad contraria de algún socio, forma estipulada escritura

Objeto social

El objeto social será la compra, venta, arriendo, alquiler, enajenación a cualquier título de inmuebles propios o arrendados, así como la administración y gestión de todo tipo de inmuebles cualquiera sea el uso o destino de éstos, así como la creación, construcción, instalación, administración y gestión de establecimientos, locales comerciales, oficinas, laboratorios, talleres, galpones, gimnasios, asimismo como el desarrollo y explotación de cualquier proyecto inmobiliario. Además, podrá invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, de servicios de aseo y de transporte. Podrá asimismo la sociedad diseñar, desarrollar y ejecutar proyectos de ingeniería, de obras civiles y de edificación, obras sanitarias, instalaciones eléctricas, estructuras de materiales compuestos, fibras, y en general todo tipo de obras relacionadas con la construcción. Podrá también la sociedad, comprar, vender, comercializar, importar, exportar, materias primas, materiales de construcción, mobiliario, y en general toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, como también, la comercialización de cualquier producto que sea relacionado y necesario para el desarrollo del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Concepción, con oficio en calle Colo – Colo 304, Concepción, Certifica: Por escritura pública de fecha 17-JUNIO-2019, REPERTORIO N°2.450/2019, ALEJANDRO RICARDO PRIMITIVO VIVEROS HERRERA, C.I.N°5.554.233-3, domiciliado calle Quintana N°1.560, casa 52, Yumbel; don FELIX ROBERTO CARLOS VIVEROS ZAPATA,C.I.N°14.605.475-7, domiciliado en Pasaje Quintana N°927 Yumbel y don GUSTAVO EDUARDO SEBASTIAN VIVEROS ZAPATA, C.I.N°15.181.892-7, domiciliado en calle Serrano N°174, 5° Piso, Concepción, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. Nombre o razón social: “SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA QUILACURA LIMITADA”, Nombre de fantasía: “QUILACURA LMITADA.” pudiendo abreviar en ambos nombres la palabra “LIMITADA” por “Ltda. Objeto: El objeto social será la compra, venta, arriendo, alquiler, enajenación a cualquier título de inmuebles propios o arrendados, así como la administración y gestión de todo tipo de inmuebles cualquiera sea el uso o destino de éstos, así como la creación, construcción, instalación, administración y gestión de establecimientos, locales comerciales, oficinas, laboratorios, talleres, galpones, gimnasios, asimismo como el desarrollo y explotación de cualquier proyecto inmobiliario. Además, podrá invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, de servicios de aseo y de transporte. Podrá asimismo la sociedad diseñar, desarrollar y ejecutar proyectos de ingeniería, de obras civiles y de edificación, obras sanitarias, instalaciones eléctricas, estructuras de materiales compuestos, fibras, y en general todo tipo de obras relacionadas con la construcción. Podrá también la sociedad, comprar, vender, comercializar, importar, exportar, materias primas, materiales de construcción, mobiliario, y en general toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, como también, la comercialización de cualquier producto que sea relacionado y necesario para el desarrollo del objeto social. Así mismo podrá impartir cursos de capacitación, seminarios, charlas, dictar conferencias, relatorías y talleres. Podrá dentro del giro celebrar convenios con instituciones de educación de todo tipo, organismos e instituciones del Estado, empresas públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales, y municipalidades. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Administración y Uso Razón Social: ALEJANDRO RICARDO PRIMITIVO VIVEROS HERRERA. Capital y aportes: $2.000.000; dinero efectivo y de contado, pagado en este acto de la siguiente manera: ALEJANDRO RICARDO PRIMITIVO VIVEROS HERRERA, $800.000; FELIX ROBERTO VIVEROS ZAPATA, $600.000, y GUSTAVO EDUARDO VIVEROS ZAPATA, $600.000. Responsabilidad: Limitada al monto aporte. Utilidades: Distribución a cada socio en proporción a sus aportes. Domicilio: Concepción Duración: 3 años desde fecha escritura, prorrogable automáticamente por períodos iguales, salvo voluntad contraria de algún socio, forma estipulada escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. CONCEPCION, 01 de JULIO de 2019.- lmd./