Sociedad Agrícola y Ganadera Marevel SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2010
- Repertorio
- 2943-2010
- Notario
- LUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS
- Oficio
- Tercera Notaría de Valdivia
- Comuna
- Valdivia
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Valdivia
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene como objeto la explotación y beneficio de predios agrícolas; el arrendamiento de los mismos; comercialización y venta de sus frutos o productos, por cuenta propia o ajena; crianza, engorda, venta, mediería y todo tipo de actividades relacionadas con la producción y comercialización de animales y sus partes o productos, además de producción de leche y establecimiento de lecherías, sin perjuicio de poder extender el giro social a otros objetos afines, relacionados o conexos con los ya señalados y que tengan injerencia directa con la agricultura, la agro-industria y la ganadería
Administración
Le corresponderá a don MARIO ERNESTO VELÁSQUEZ GARCÍA, quien anteponiendo a su firma la razón social, tendrá amplias facultades en la forma indicada en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Valdivia, con oficio en calle Independencia N°548, de esta ciudad de Valdivia, certifico: por escritura pública otorgada hoy ante mí, MARIO ERNESTO VELÁSQUEZ GARCÍA, C.I.Nº3.140.344-8, domiciliado para estos efectos en Fundo Carmencita, Sector Purulon, comuna de Lanco, Región De Los Ríos y MARIO ERNESTO VELÁSQUEZ MENDOZA, C.I.Nº11.906.820-7, domiciliado para estos efectos en Fundo La Rosa, Sector Purulon, comuna de Lanco, Región De Los Ríos; en su calidad de actuales y únicos socios de “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA MAREVEL LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.241.590-9, por la cual: 1) Rectificaron escritura pública de modificación y su extracto de fecha 13 de octubre de 2010, otorgada en la Notaría de Valdivia de doña María Inés Morales Guarda, repertorio N° 2943-2010, señalando que en la cláusula primera donde dice que “la sociedad se encuentra inscrita a fojas 87 N°75, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia del año 2005”, debiese decir “la sociedad se encuentra inscrita a fojas 87 vuelta N° 74, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia del año 2005”. 2) Acordaron transformar la sociedad de responsabilidad limitada en sociedad por acciones, concurriendo al efecto todos sus socios antes individualizados, fijando un nuevo Estatuto Social de la siguiente forma: NOMBRE: “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA MAREVEL SpA”. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Valdivia, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. OBJETO: La sociedad tiene como objeto la explotación y beneficio de predios agrícolas; el arrendamiento de los mismos; comercialización y venta de sus frutos o productos, por cuenta propia o ajena; crianza, engorda, venta, mediería y todo tipo de actividades relacionadas con la producción y comercialización de animales y sus partes o productos, además de producción de leche y establecimiento de lecherías, sin perjuicio de poder extender el giro social a otros objetos afines, relacionados o conexos con los ya señalados y que tengan injerencia directa con la agricultura, la agro-industria y la ganadería. CAPITAL: $3.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran suscritas y pagadas de la siguiente forma: Uno) don MARIO ERNESTO VELÁSQUEZ GARCÍA suscribió y pagó 990 acciones; Dos) don MARIO ERNESTO VELÁSQUEZ MENDOZA suscribió y pagó 10 acciones. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Le corresponderá a don MARIO ERNESTO VELÁSQUEZ GARCÍA, quien anteponiendo a su firma la razón social, tendrá amplias facultades en la forma indicada en escritura extractada. DURACIÓN: El plazo de duración de la Sociedad será indefinido. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valdivia, 20 de junio de 2019.