INVERSIONES SANTA AMELIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de junio de 2019
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “SANTA AMELIA LTDA.”
- Domicilio
- ciudad de Santiago, de Chile
- Duración
- tres años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, sucesivos y continuos de un año cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, de la manera señalada en la escritura de constitución
Objeto social
a) La compra, venta, arrendamiento, inversión, explotación y financiamiento, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, pudiendo formar, participar, asociarse o intervenir, en cualquier forma, en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades, entidades o agencias, adquirir y enajenar activos, pasivos, acciones, créditos por cesión, derechos sociales, valores, bonos y toda clase de bienes o especies; y b) En general, la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponde a ambos socios, actuando conjuntamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huerfanos 669, piso 8, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 25 de Junio de 2019, Repertorio numero 7.838/2019, ante mi, doña Marcela Radrigán de la Barra y don Manuel Antonio Sánchez Yáñez, ambos con domicilio en calle Caburgua 218, Condominio Canquén Norte, comuna de Colina, de la ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyen sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “INVERSIONES SANTA AMELIA LIMITADA”. Nombre de fantasía: “SANTA AMELIA LTDA.” Domicilio: ciudad de Santiago, de Chile, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Duración: tres años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, sucesivos y continuos de un año cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, de la manera señalada en la escritura de constitución. Objeto: a) La compra, venta, arrendamiento, inversión, explotación y financiamiento, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, pudiendo formar, participar, asociarse o intervenir, en cualquier forma, en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades, entidades o agencias, adquirir y enajenar activos, pasivos, acciones, créditos por cesión, derechos sociales, valores, bonos y toda clase de bienes o especies; y b) En general, la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponde a ambos socios, actuando conjuntamente. Capital social: es la suma de cinco millones de pesos que se aportan en la forma que a continuación se señala: a) doña Marcela Radrigán de la Barra, aporta la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, que los entera y paga en dinero efectivo en este mismo acto, ingresando en arcas sociales. De esta forma, la participación de doña Marcela Radrigán de la Barra en la sociedad equivale al 25 por ciento del total de los derechos sociales, b) don Manuel Antonio Sánchez Yáñez aporta la suma de tres millones setecientos cincuenta mil pesos, que los entera y paga en dinero efectivo en este mismo acto, ingresando en arcas sociales. De esta forma, la participación de don Manuel Antonio Sánchez Yáñez en la sociedad equivale al 75 por ciento del total de los derechos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 26 de Junio de 2019.