Instrumento
- Fecha
- 26 de junio de 2019
- Notario
- PATRICIO HERNAN CATHALIFAUD MOROSO
- Domicilio
- 12° Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, pudiendo tener agencias o sucursales en otros lugares del país o extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto social será: la actividad comercial en sus más amplias y variadas formas o modalidades, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, especialmente en los rubros alimenticios y textil, ya sea por cuenta propia o ajena; la representación de empresas nacionales o extranjeras y demás actividades relacionadas que los
Administración
será ejercida por ambas socias quienes anteponiendo la razón social a su firmas, podrán representaren forma conjunta o separadamente a la sociedad, con amplias facultades, del art 15 estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO HERNAN CATHALIFAUD MOROSO, Notario Público 12° Santiago, Teatinos 331, certifica que por escritura hoy ante mí, SUN MI KIM, coreana, soltera, empresaria, C.I.E. N°22.126.167-4 y doña JAE HYUN AN, coreana, soltera, empresaria, C.I.E. N°22.126.202-6, ambas domiciliadas en calle Cabildo 6246 Depto. 403, Santiago, constituyen sociedad por acciones. Nombre: “COMERCIAL MANEKINEKO SpA.”.- Objeto: El objeto social será: la actividad comercial en sus más amplias y variadas formas o modalidades, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, especialmente en los rubros alimenticios y textil, ya sea por cuenta propia o ajena; la representación de empresas nacionales o extranjeras y demás actividades relacionadas que los accionistas.- Duración: Indefinida. Domicilio: ciudad de Santiago, pudiendo tener agencias o sucursales en otros lugares del país o extranjero. Capital: $3.000.000 divididos en 3.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, aportado por partes iguales de $1.500.000, correspondiente a 1.500 acciones, el 50% del capital social cada una, íntegramente suscrito y pagado.- Administración: será ejercida por ambas socias quienes anteponiendo la razón social a su firmas, podrán representaren forma conjunta o separadamente a la sociedad, con amplias facultades, del art 15 estatutos.- Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 26 Junio 2019.