MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BANQUETERÍA, EVENTOS Y ARRIENDOS MAGIC WORK LIMITADA

RUT 76727159-K CVE 1616245
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2016
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2016
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO ARTURO MARTEL BECERRA, Notario Titular 24ª Notaría Santiago, Esquina Blanca 0211, Maipú, CERTIFICO: Por escritura otorgada hoy ante mí, doña Patricia Isabel Carpio Rivera, Avda. Teniente Cruz N° 21, Torre 3, depto. 1.518, Maipú; doña Marjorie Elena López Martínez, Pje. Los Magnolios N° 0301, Maipú; y don Jorge Fernando Delgado Ramírez, Avda. Teniente Cruz N° 21, Torre 3, depto. 1.518, Maipú, modifican "BANQUETERÍA, EVENTOS Y ARRIENDOS MAGIC WORK LIMITADA” o con el nombre de fantasía “MAGIC WORK LTDA.”, constituida por escritura 7 de Diciembre de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, inscrita en extracto a fs. 94.045 Nº 51.188 Registro Comercio de Santiago año 2016, cuyo capital social es de $2.000.000.- Modificación consiste en: 1) La socia doña Marjorie Elena López Martínez, titular del 50% de los derechos sociales, se retira de la sociedad y cede y transfiere la totalidad de sus derechos de manera siguiente: a) el 49% de sus derechos a su consocia doña Patricia Isabel Carpio Rivera; y b) el 1% restante de sus derechos a don Jorge Fernando Delgado Ramírez, quien se incorpora como nuevo socio. En consecuencia, la sociedad queda integrada por los socios doña Patricia Isabel Carpio Rivera, con el 99% de los derechos sociales; y, don Jorge Fernando Delgado Ramírez con el 1% restante de los derechos sociales. Actuales socios acuerdan modificar la cláusula cuarta del pacto social, referida a la administración de la sociedad y uso de la razón social, que en lo sucesivo corresponderá indistintamente a doña Patricia Isabel Carpio Rivera; y, a don Jorge Fernando Delgado Ramírez con plenitud de facultades enunciadas en la cláusula cuartas del pacto social. Subsistirán en vigencia demás disposiciones del contrato social que no han sido modificadas. Santiago, Junio 24 de 2019.