ZUMA INMOBILIARIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de junio de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por aviso enviado mediante carta certificada al domicilio señalado en este acto a cada uno de los socios, con una antelación no menor a 30 días antes de la fecha de vencimiento
Objeto social
a) La adquisición, compra, venta, enajenación, construcción, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, arriendo, subarrendamiento e inversión en todo tipo de bienes inmuebles; b) Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras de cambio, fondos mutuos, depósitos a plazo, certificado de depósito, documentos negociables o valores mobiliarios y demás efectos de comercio, cuotas o derechos en toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones y en cualquier otra clase de títulos o valores mobiliarios; c) La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines o a cualquier otro negocio que el o los socios pacten de común acuerdo; d) La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este
Administración
indistintamente en Camila Daniela González Vega y José Mauricio Díaz Arellano, quienes representaran a la Sociedad con amplias facultades de Administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado Notario Público Titular de la Séptima Notaria de Santiago con oficio en calle Agustinas 1161 entre piso de la comuna y ciudad de Santiago. CERTIFICA: Por Escritura Pública de fecha 27 de junio de 2019, ante mí, CAMILA DANIELA GONZÁLEZ VEGA, chilena, casada y separada de bienes, abogada, C.I. 16.122.786-2, por sí y en representación de la sociedad CAMILA GONZÁLEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rut 76.969.522-2, ambas domiciliados en Patagonia 265, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; y don JOSÉ MAURICIO DÍAZ ARELLANO, chileno, soltero, abogado, C.I. 16.098.164-4, por sí y en representación de la empresa COMERCIAL JOSÉ DÍAZ ARELLANO E.I.R.L., empresa individual de responsabilidad limitada del giro de su denominación, Rut 76.348.030-5, ambos domiciliados en San Martín 473, oficina 109, comuna y ciudad de Santiago, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE SOCIEDAD: "ZUMA INMOBILIARIA LIMITADA"; nombre fantasía "ZUMA LTDA” o “ZUMA INVERSIONES LTDA”. ADMINISTRACION: indistintamente en Camila Daniela González Vega y José Mauricio Díaz Arellano, quienes representaran a la Sociedad con amplias facultades de Administración y disposición. DOMICILIO: Santiago. OBJETO: a) La adquisición, compra, venta, enajenación, construcción, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, arriendo, subarrendamiento e inversión en todo tipo de bienes inmuebles; b) Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras de cambio, fondos mutuos, depósitos a plazo, certificado de depósito, documentos negociables o valores mobiliarios y demás efectos de comercio, cuotas o derechos en toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones y en cualquier otra clase de títulos o valores mobiliarios; c) La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines o a cualquier otro negocio que el o los socios pacten de común acuerdo; d) La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro. CAPITAL: $30.000.000.-. aportados de la siguiente forma: la socia Camila Daniela González Vega aporta la suma de $300.000.-, correspondiente al 1 por ciento de los derechos sociales; Camila González y Compañía Limitada aporta la suma de $14.700.000.-, correspondiente al 49 por ciento de los derechos sociales; el socio José Mauricio Díaz Arellano aporta la suma de $300.000.-, correspondiente al 1 por ciento de los derechos sociales y Comercial José Díaz Arellano E.I.R.L. aporta la suma de $14.700.000.-, correspondiente al 49 por ciento de los derechos sociales. Se da por pagado completamente el capital social. DURACIÓN: 5 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por aviso enviado mediante carta certificada al domicilio señalado en este acto a cada uno de los socios, con una antelación no menor a 30 días antes de la fecha de vencimiento. Demás estipulaciones constan en pacto social original. Santiago 01 de julio de 2019.-