CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES PRADENAS SEPULVEDA LIMITADA

CVE 1615600
Fecha instrumento
24 de junio de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2019

Sociedad

N. fantasía
CARMAR E HIJOS LTDA
Domicilio
Calle El Litoral número cero setecientos cuarenta, Villa Las Dunas, de la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, esto
Duración
Indefinida

Objeto social

Será el transporte de pasajeros vía terrestre, tanto en locomoción colectiva urbano como interurbano, transporte escolar o de trabajadores, turistas, viajes especiales y otros transportes no regular de pasajeros, así como la venta y arriendo de vehículos destinados a los mismos fines anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Temuco, con oficio en esta ciudad calle A. Varas 976, CERTIFICA: Por escritura de fecha de 24 de Junio de 2019, ante mi, don ERIK ANDRÉS PRADENAS SEPÚLVEDA, cédula nacional de identidad número dieciséis millones novecientos cuarenta y seis mil ciento cuarenta guión seis; doña CARLA YOLANDA PRADENAS SEPÚLVEDA, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y nueve guión tres; y doña MARISOL ELIANA SEPÚLVEDA MELO, cedula nacional de identidad número diez millones doscientos setenta y un mil trescientos sesenta y cinco guión seis, todos domiciliados en calle El Litoral número cero setecientos cuarenta, Villa Las Dunas, de la ciudad de Temuco, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: SOCIEDAD DE TRANSPORTES PRADENAS SEPULVEDA LIMITADA, nombre de fantasía: CARMAR E HIJOS LTDA. OBJETO: Será el transporte de pasajeros vía terrestre, tanto en locomoción colectiva urbano como interurbano, transporte escolar o de trabajadores, turistas, viajes especiales y otros transportes no regular de pasajeros, así como la venta y arriendo de vehículos destinados a los mismos fines anteriores. DOMICILIO: Calle El Litoral número cero setecientos cuarenta, Villa Las Dunas, de la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, esto sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones, que se establezcan tanto en el país como en el extranjero.- CAPITAL: VEINTIUN MILLONES DE PESOS, aportados siguiente manera, Uno) Don ERIK ANDRÉS PRADENAS SEPÚLVEDA, con SIETE MILLONES DE PESOS, aportado siguiente forma: a) Con un millón de pesos en dinero al contado y efectivo en acto escritura y que ya se encuentra en la caja social y es conocido por todos los demás socios; y b) El saldo de seis millones de pesos será aportado en dinero en efectivo y al contado que deberá estar ingresado en la caja social en un plazo no superior a doce meses desde la suscripción del presente instrumento, dicho monto equivale al treinta y tres coma tres por ciento del capital social y a su vez representa al treinta y tres coma tres por ciento de la acciones y derechos de la sociedad que por medio de este instrumento se constituye; Dos) Doña CARLA YOLANDA PRADENAS SEPÚLVEDA, con SIETE MILLONES DE PESOS, aportado siguiente forma: a) Con un millón de pesos en dinero al contado y efectivo en acto escritura y que ya se encuentra en la caja social y es conocido por todos los demás socios; y b) El saldo de seis millones de pesos será aportado en dinero en efectivo y al contado que deberá estar ingresado en la caja social en un plazo no superior a doce meses desde la suscripción del presente instrumento, dicho monto equivale al treinta y tres coma tres por ciento del capital social y a su vez representa al treinta y tres coma tres por ciento de la acciones y derechos de la sociedad que por medio de este instrumento se constituye; y Tres) Doña MARISOL ELIANA SEPÚLVEDA MELO, con SIETE MILLONES DE PESOS, aportado siguiente forma: a) Con un millón de pesos en dinero al contado y efectivo en acto escritura y que ya se encuentra en la caja social y es conocido por todos los demás socios; y b) El saldo de seis millones de pesos será aportado en dinero en efectivo y al contado que deberá estar ingresado en la caja social en un plazo no superior a doce meses desde la suscripción del presente instrumento, dicho monto equivale al treinta y tres coma cuatro por ciento del capital social y a su vez representa al treinta y tres coma cuatro por ciento de la acciones y derechos de la sociedad que por medio de este instrumento se constituye.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá a la socia doña MARISOL ELIANA SEPÚLVEDA MELO, facultades en escritura extractada.- DURACIÓN: Será indefinida, forma estipulada en escritura.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 28 de Junio de 2019.