CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria e Inversiones Montandon Limitada

CVE 1615873
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de junio de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de junio de 2019
Notario
ARMANDO ULLOA CONTRERAS
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago
Duración
5 años, a cuyo vencimiento la sociedad se entenderá prorrogada en forma tácita, sucesiva y automática por periodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino mediante declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el registro de comercio, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del periodo que se encontrare corriendo

Objeto social

Será: a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o agrícolas, por cuenta propia o ajena; b) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como títulos, acciones, derechos y efectos de comercio, y c) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetos anteriores, sea directamente o a través de sociedades que forme al efecto o en las que participe

Administración

Corresponderá a Pedro Antonio Prado Muñoz conjuntamente con uno cualquiera de los otros socios, actuando con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ARMANDO ULLOA CONTRERAS, Notario Público Titular de Santiago, con oficio en Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, Local 15 A 2, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: Pedro Antonio Prado Muñoz, Carlos Johan Prado Araya, Viviana Alejandra Prado Muñoz y Juan Arturo Gómez Prado, todos domiciliados en Avenida Del Valle Norte 750 oficina 602, Comuna de Huechuraba, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad Limitada. Razón Social: Inmobiliaria e Inversiones Montandon Limitada, pudiendo usar como nombre de fantasía y para fines publicitarios, comerciales y de negocios la expresión abreviada “Inmobiliaria Montandon Ltda.”. Objeto: Será: a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o agrícolas, por cuenta propia o ajena; b) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como títulos, acciones, derechos y efectos de comercio, y c) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetos anteriores, sea directamente o a través de sociedades que forme al efecto o en las que participe. Administración y uso de la razón social: Corresponderá a Pedro Antonio Prado Muñoz conjuntamente con uno cualquiera de los otros socios, actuando con amplias facultades. Capital: $2.000.000, aportados en la siguiente proporción: a) Pedro Antonio Prado Muñoz aporta la suma de $500.000.-, equivalente al 25% de los derechos sociales, b) Viviana Alejandra Prado Muñoz aporta la suma de $500.000.-, equivalente al 25% de los derechos sociales; c) Carlos Johan Prado Araya aporta la suma de $500.000.-, equivalente al 25% de los derechos sociales y; d) Juan Arturo Gómez Prado aporta la suma de $500.000.-, equivalente al 25% de los derechos sociales. Los aportes serán enterados en efectivo en el plazo de 3 meses desde la fecha de la Escritura Pública que se extracta. Duración: 5 años, a cuyo vencimiento la sociedad se entenderá prorrogada en forma tácita, sucesiva y automática por periodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino mediante declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el registro de comercio, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del periodo que se encontrare corriendo. Domicilio: La ciudad de Santiago. Los socios Limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en Escritura extractada. Santiago, 18 de junio de 2019.-