MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES AEK LIMITADA

RUT 76387850-3 CVE 1615846
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2005
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2005
Notario
Gloria Ortiz Carmona
Oficio
Vigésimo Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Gloria Ortiz Carmona, abogado, Notario Público de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Compañía de Jesús Nº 1068, locales 391 y 395, Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don FRANCISCO JAVIER KAISER ALFARO, con domicilio en Brown Norte, Nº 795 A, casa A, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, por sí y en representación de don JUAN PABLO KAISER ALFARO, con domicilio en Alonso de Camargo Nº 7.877, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, de don WALTER EDUARDO KAISER ALFARO, con domicilio en Condominio Lomas de Coihuín, parcela 93, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos; de don CARLOS SEBASTIÁN MICHELS ALFARO, domiciliado en Diego de Almagro, Nº 4765, departamento 508, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y de doña SANDRA EVELYN EVENS MONEVA, con domicilio en Condominio Lomas de Coihuín, parcela 93, comuna de Puerto Montt; modificaron la sociedad responsabilidad limitada denominada “ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES AEK LIMITADA”, constituida por escritura pública de 1 de septiembre del año 2005, otorgada ante el Notario Público de la 30º Notaría de Santiago don Gastón Iván Santibáñez Soto, cuyo extracto figura inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Calbuco a fojas 8 Nº 6 del año 2005, y publicado su extracto en el Diario Oficial de 3 de octubre del año 2005. Se modificó en el siguiente sentido: Cesión de derechos: Por el presente el acto, don JUAN PABLO KAISER ALFARO, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos adquiridos sobre la sociedad a don FRANCISCO JAVIER KAISER ALFARO, quien los adquiere y acepta para sí, en la suma de $2.500.000, pagados con anterioridad a este acto al contado y en dinero efectivo. En virtud de la cesión indicada en la cláusula precedente, el porcentaje de derechos de cada socio en la sociedad queda distribuido de la siguiente forma: a don WALTER EDUARDO KAISER ALFARO le corresponde el 40% de los derechos sociales; a doña SANDRA EVELYN EVENS MONEVA le corresponde el 30% de los derechos sociales; a don FRANCISCO JAVIER KAISER ALFARO le corresponde el 20% de los derechos sociales; y a don CARLOS SEBASTIÁN MICHELS ALFARO le corresponde el 10% de los derechos sociales. En todo lo no modificado en el presente instrumento, siguen vigentes las estipulaciones del pacto social de constitución y de las modificaciones realizadas con anterioridad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de junio de 2019.