CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Administradora de Inversiones DKP Limitada

RUT 96691330-4 CVE 1615938
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
17 de junio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de junio de 2019
Notario
Valeria Ronchera Flores
Oficio
10ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000 CLP
Domicilio
Santiago u otro lugar del país o extranjero
Duración
7 años renovables de forma indicada en estatutos sociales

Objeto social

obtención y posterior distribución de los beneficios y pérdidas que resulte de la participación accionaria de don Karim Pichara Baksai en TNC y en NotCo Ltd. y la regulación de sus derechos y obligaciones en ellas de manera tal que las decisiones que se alcancen en “Administradora de Inversiones DKP Limitada” sean informadas por don Karim Pichara Baksai a TNC y a NotCo Ltd., conforme a lo que se estipula en las cláusulas siguientes. En el cumplimiento de su objeto podrá realizar estudios, asesorías profesionales y consultorías de ingeniería, gestión de la innovación, transferencia tecnológica, políticas de ciencia, tecnología e innovación a empresas, organismos públicos, nacionales e internacionales y universidades; efectuar inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos. Administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Valeria Ronchera Flores, abogado, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas N°1235, local 2, 1° y 2° piso, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, Karim Elías Pichara Baksai, con domicilio en Nuestra Señora del Rosario N°550, departamento 603, comuna de Las Condes; y DICTUC S.A., Rut. 96.691.330-4, con domicilio en Vicuña Mackenna N°4860, comuna de Macul, ambos Santiago, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “Administradora de Inversiones DKP Limitada”, nombre de fantasía “DKP Ltda.” Domicilio: Santiago u otro lugar del país o extranjero. Objeto: obtención y posterior distribución de los beneficios y pérdidas que resulte de la participación accionaria de don Karim Pichara Baksai en TNC y en NotCo Ltd. y la regulación de sus derechos y obligaciones en ellas de manera tal que las decisiones que se alcancen en “Administradora de Inversiones DKP Limitada” sean informadas por don Karim Pichara Baksai a TNC y a NotCo Ltd., conforme a lo que se estipula en las cláusulas siguientes. En el cumplimiento de su objeto podrá realizar estudios, asesorías profesionales y consultorías de ingeniería, gestión de la innovación, transferencia tecnológica, políticas de ciencia, tecnología e innovación a empresas, organismos públicos, nacionales e internacionales y universidades; efectuar inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos. Administración y uso Razón Social: Corresponde a ambos socios conjuntamente, amplias facultades. Capital Social: $3.000.000 que socios aportan y pagan en siguiente proporción: /a/ Karim Pichara Baksai aporta su derecho personal a percibir utilidades de TNC y de NotCo Ltd., que se valorizan en la cantidad de un $1.950.000, equivalente al 65% del total de los derechos sociales, el cual se aporta en este acto, realizando para ello la correspondiente cesión de créditos y sirviendo la presente Sociedad particular de título traslaticio de dominio. /b/ DICTUC S.A. aporta $1.050.000, en este acto, al contado y en dinero efectivo que ha ingresado a la caja social, equivalente al 35% restante del total de los derechos sociales. Responsabilidad de socios limitada en proporción a monto de respectivos aportes. Duración: 7 años renovables de forma indicada en estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago,17 junio 2019.