MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Frutícola Río Negro Limitada

RUT 76474122-6 CVE 1615450
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de junio de 2019
Notario
Karina Flores Muñoz
Oficio
Titular de la 36 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Karina Flores Muñoz, Notario Público suplente del Titular de la 36 Notaría de Santiago, don Andrés Rieutord Alvarado, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 18-06-2019, ante mí, Uno) Inversiones Purranque Limitada, Fundo el Molino s, comuna de Coltauco, Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; Dos) Asesorías e Inversiones Antonio Walker E.I.R.L., Fundo Marengo, kilometro 5, sector Los Niches, comuna de Curicó, Región del Maule; Tres) Inversiones Cohiba Limitada, Fundo Bellavista s, comuna de Rengo, Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, Cuatro) Inversiones Mosella Limitada, Fundo El Molino sin número, comuna de Coltauco, Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, y Cinco) Inversiones y Servicios Solar Limitada, Avenida Isidora Goyenechea Nº 3.356, oficina 41, comuna de Las Condes, Región Metropolitana modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “Sociedad Frutícola Río Negro Limitada”, inscrita a fojas 43233, N° 25554 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2015, en el siguiente sentido: 1. Cesión de derechos: Asesorías e Inversiones Antonio Walker E.I.R.L. vende, cede y transfiere a Inversiones Cohiba Limitada quien compra, acepta y adquiere la totalidad de los derechos de la primera en la Sociedad, equivalentes al 9% de su participación y propiedad. 2. Modificaciones de estatutos: Los comparecientes, únicos y actuales socios de la Sociedad modificaron: a) Artículo Quinto del pacto social relativo al capital, como sigue: El capital social es la cantidad de $10.000.000, que los socios han íntegramente aportado y pagado a la caja social en la proporción siguiente: a) Inversiones Purranque Limitada ha aportado la suma de $4.000.000.-, esto es, el 40% del capital social y propiedad de la Sociedad, íntegramente pagados en dinero efectivo a la caja social; b) Inversiones Cohiba Limitada ha aportado la suma de $3.000.000.-, esto es, el 30% del capital social y propiedad de la Sociedad, íntegramente pagados en dinero efectivo a la caja social; c) Inversiones Mosella Limitada ha aportado la suma de $1.000.000, esto es, el 10% del capital social y propiedad de la Sociedad, íntegramente pagados en dinero efectivo a la caja social; e e) Inversiones y Servicios Solar Limitada ha aportado la suma de $2.000.000, esto es, el 20% del capital social y propiedad de la Sociedad, íntegramente pagados en dinero efectivo a la caja social. En todo lo no modificado quedan plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Santiago 25 de junio de 2019.