MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones El Otoñal SpA

RUT 76865792-0 CVE 1615309
Fecha instrumento
19 de marzo de 2018

Instrumento

Fecha
19 de marzo de 2018
Repertorio
313872019
Notario
ibutario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
Oficio
trigésimo octava Notaría de esta ciudad

Sociedad

Ley aplicable
Ley 20190

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, quinto piso, certifica que: Con fecha 27 de junio de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Inversiones el Otoñal SpA, Repertorio 31.3872019, a la que asistió la totalidad de los accionistas, en la cual se sanearon los vicios de que adolecía la constitución de la sociedad Inversiones el Otoñal SpA, sociedad que fue constituida por escritura pública celebrada en la Notaría de don Eduardo Avello Concha con fecha 19 de marzo de 2018. La publicación del extracto en el Diario Oficial se hizo con fecha 23 de Abril de 2018, y su Inscripción en el Registro de Comercio de Santiago se practicó con fecha 20 de Abril de 2018 a fojas 29.547 número 15.665 correspondiente al año 2018. En atención a que el artículo 426 de la Ley 20190 prescribe un plazo de un mes contado desde la fecha del acto de constitución social para completar estos trámites, tanto la inscripción como la publicación del extracto de la escritura se han efectuado de manera tardía. La Junta de Accionistas, por unanimidad de las acciones y en conformidad a la Ley, acordó sanear los vicios de inscripción y publicación tardía del extracto de la escritura de constitución de la sociedad, por medio de la presente junta extraordinaria de accionistas, debiendo en seguida ser reducida el acta a escritura pública, y ser realizados todos los trámites que la Ley exige para la corrección de los vicios. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de junio de 2019.