CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES BAHAMONDES Y CHAHUAN LIMITADA

CVE 1614842
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de junio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2019
Notario
Eduardo Diez Morello
Oficio
34 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
“INVERSIONES GVALUE LTDA.”
Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años contados fecha escritura. Plazo se prorrogará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del período correspondiente

Objeto social

La realización de todo tipo de inversiones, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de crédito, acciones, bonos, efectos de comercio, instrumentos del mercado de capitales en general, y participación en sociedades de cualquier tipo. La prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías en todo tipo de materias; a personas naturales y)o jurídicas, públicas y privadas, nacionales y)o extranjeras, vía presencial y)o remota. La importación, exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo tipo de productos, máquinas y equipos. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que los socios determinen, tanto en el país como en el extranjero. ADMINISTRACIÓN SOCIEDAD Y USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Eduardo Diez Morello, Notario Público 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Por escritura pública 14 de Junio de 2019 ante mí suplente Maria Jose Bravo Cruz, RAÚL ALEJANDRO BAHAMONDES ARAYA, SALIMA LEYLA CHAHUAN JIMENEZ, ambos domiciliados en calle Sol y Mar N° 535, departamento N° 63 E, ciudad de Viña del Mar, Quinta Región, y MARÍA VICTORIA BAHAMONDES ARAYA, domiciliada en pasaje Grecia Nº 212, Villa Europa, comuna de Limache, Quinta Región, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES BAHAMONDES Y CHAHUAN LIMITADA” Nombre de fantasía: “INVERSIONES GVALUE LTDA.”. OBJETO SOCIAL: La realización de todo tipo de inversiones, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de crédito, acciones, bonos, efectos de comercio, instrumentos del mercado de capitales en general, y participación en sociedades de cualquier tipo. La prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías en todo tipo de materias; a personas naturales y/o jurídicas, públicas y privadas, nacionales y/o extranjeras, vía presencial y/o remota. La importación, exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo tipo de productos, máquinas y equipos. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que los socios determinen, tanto en el país como en el extranjero. ADMINISTRACIÓN SOCIEDAD Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá administración al socio RAUL ALEJANDRO BAHAMONDES ARAYA quien, actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará legalmente con las más amplias facultades, las que se especifican en escritura social.- CAPITAL SOCIAL: $1.000.000. Aportan: a) RAUL ALEJANDRO BAHAMONDES ARAYA, $700.000, equivalentes 70%, capital social. Entera: al contado en este acto, ingresando a caja social.-b) SALIMA LEYLA CHAHUAN JIMENEZ, $200.000, equivalentes 20%, capital social. Entera: al contado en este acto, ingresando a caja social.-C) MARÍA VICTORIA BAHAMONDES ARAYA, $100.000, equivalentes 10%, capital social. Entera: al contado en este acto, ingresando a caja social.-DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que la sociedad acuerde establecer en otros lugares del país o en el extranjero.- DURACIÓN: 5 años contados fecha escritura. Plazo se prorrogará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del período correspondiente.- Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura social extractada. Santiago, 26 de Junio de 2019.-