MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA VISTA SOL SpA

RUT 76840126-8 CVE 1614294
Capital
$1.957.171.090 CLP
Fecha instrumento
17 de junio de 2019
Notaría
Valparaíso

Instrumento

Fecha
17 de junio de 2019
Repertorio
2822/2019
Comuna
Valparaíso

Sociedad

Capital
$1.957.171.090 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Notario Sexta Notaría de Valparaíso, con oficio en Prat 612, esta ciudad, certifico: Por escritura otorgada hoy ante mí, se redujo a escritura pública bajo el Repertorio N° 2.822/2019, Acta Junta General Accionistas Inmobiliaria Vista Sol SpA, inscrita a fojas 7268 Nº 4125 Registro Comercio 2018 Santiago, Capital actual $1.957.171.090, celebrada 17 de junio 2019 en presencia de siguientes accionistas: 1. Asesoría e Inversiones Rainyard Ltda. 2. Agrícola e Inmobiliaria El Bodal Ltda. 3. Patricia Carvallo Jarpa. 4. Planes S.A. 5. Inmobiliaria Paula Jaraquemada S.A. 6. Colectiva Civil Santa Soledad. 7. María Soledad Acuna Brucher. 8. Inversiones Francisca Limitada. 9. Patricia Burgueño Aguilera. 10. Inversora Mevilca Ltda. 11. Gregorio Echenique Larraín. 12. Inversiones y Asesorías la Crescenta SpA. 13. Constanza Del Río Möller. 14. María Verónica Silva Alcalde. 15. Inversiones y Desarrollos S.A. 16. Gert Stern. 17. María Soledad Silva Anguita. 18. Daniela Ferrer. 19. Trinidad María Reyes Pérez. 20. Servicios Médicos Integrales SpA. 21. Max Antonio Edwards Silva. 22. María Isidora Valdés. 23. Inversiones Falmac Ltda. 24. Teresa Arrieta Larraín. 25. Inversiones Desco S.A.; se acordó: (i) Que los Directores sean remunerados. Modifica el artículo vigésimo estatutos, estableciendo el siguiente como su nuevo texto: “ARTÍCULO VIGÉSIMO: Los Directores podrán ser remunerados en su calidad de tales. Asimismo, podrán recibir remuneraciones o asignaciones por servicios especiales, de carácter permanente o accidental, distintos a los de Director, los cuales deberán ser informados y aprobados por la Junta General de Accionistas. Todas estas remuneraciones serán consideradas gastos de la sociedad y en tal forma deberán contabilizarse.”. (ii) Que el sistema de fiscalización de la administración sea a través de Inspectores de Cuentas. Modifica el artículo trigésimo, estableciendo el siguiente como su nuevo texto “ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO: Los accionistas designarán anualmente en la primera Junta General de Accionistas de cada año Inspectores de Cuentas o Auditores Externos Independientes, para examinar la contabilidad, inventario, balance y demás estados financieros de la sociedad, e informar por escrito a la Junta General de Accionistas sobre el cumplimiento de su mandato.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 19 Junio 2019.