CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRICOLA FUNDO EL OLIVAR SpA

CVE 1613821
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de junio de 2019
Notaría
La Serena
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2019
Repertorio
4674
Notario
JOHN GALLARDO GÓMEZ
Oficio
Segunda Notaria de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP
Domicilio
La Serena
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será entre otros , el giro agrícola, agroindustrial, ganadera, forestal, avícola, la explotación de predios rústicos propios o ajenos por cuenta propia o ajena, el cultivo, siembra, cosecha, transformación , comercialización, exportación e importación de los productos agrícolas y la crianza de animales y aves, la venta de los productos de dicha explotación agrícola, ganadera y avícola, la producción , procesamiento, distribución, compra y venta de productos agrícolas o ganaderos o avícolas, materias primas, insumos, alimentos, concentrados, derivados, semillas, fertilizantes, y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o ajena, prestar asesoría técnica, capacitación y consultoría de técnicas agrarias, compra, venta, distribución , representación, comercialización, fabricación , exportación e importación de todo tipo de bienes y la prestación de todo tipo de servicios, todo acto que tenga relación relación directa o indirecta con la actividad agrícola, ganadera, agroindustrial, forestal y avícola. La sociedad también explotara la extracción, maquila, venta, compra, selección y elaboración de áridos, arenas, piedras, gravillas, arcillas, rocas y su elaboración en diversos productos y derivados en predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros. La compra, venta, enajenación, administración, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de bienes raíces, propios o ajenos, división, subdivisión y loteo de bienes raíces, urbanos o rurales, propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros, todo tipo de explotación de bienes raíces, derechos, comunidades, bienes muebles, inmuebles por adherencia o por destinación, la formación y la participación de sociedades, cualquiera que sea su naturaleza o giro, toda otra actividad económica que los socios de común acuerdo determinen

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderán a Doña NORMA ELCIRA VERGARA ARAYA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades y contratos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOHN GALLARDO GÓMEZ, Abogado, Notario Público Segunda Notaria de La Serena, Suplente del Titular don Oscar Fernández Mora, con domicilio en calle Cordovez 588, Local 108, La Serena, Certifica: Que por escritura Pública de Fecha 24 de Junio de 2019, Repertorio 4674, ante mi Doña NORMA ELCIRA VERGARA ARAYA, chilena, agricultora, viuda, cédula nacional de identidad número cuatro millones quinientos trece mil treinta guion cuatro, chilena, domiciliada en Fundo Olivar sin número La Serena, quien acredita su identidad con la cédula ante mencionada y exponen, que constituyo una sociedad por acciones (spa). NOMBRE: El nombre de la sociedad AGRICOLA FUNDO EL OLIVAR SpA, sin embargo la sociedad podrá usar el nombre de fantasía AGRICOLA E INMOBILIARIA EL FUNDO EL OLIVAR SpA, para todos los efectos comerciales, propagandísticos, legales, bancarios y tributarios. DOMICILIO:La Serena. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será entre otros , el giro agrícola, agroindustrial, ganadera, forestal, avícola, la explotación de predios rústicos propios o ajenos por cuenta propia o ajena, el cultivo, siembra, cosecha, transformación , comercialización, exportación e importación de los productos agrícolas y la crianza de animales y aves, la venta de los productos de dicha explotación agrícola, ganadera y avícola, la producción , procesamiento, distribución, compra y venta de productos agrícolas o ganaderos o avícolas, materias primas, insumos, alimentos, concentrados, derivados, semillas, fertilizantes, y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o ajena, prestar asesoría técnica, capacitación y consultoría de técnicas agrarias, compra, venta, distribución , representación, comercialización, fabricación , exportación e importación de todo tipo de bienes y la prestación de todo tipo de servicios, todo acto que tenga relación relación directa o indirecta con la actividad agrícola, ganadera, agroindustrial, forestal y avícola. La sociedad también explotara la extracción, maquila, venta, compra, selección y elaboración de áridos, arenas, piedras, gravillas, arcillas, rocas y su elaboración en diversos productos y derivados en predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros. La compra, venta, enajenación, administración, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de bienes raíces, propios o ajenos, división, subdivisión y loteo de bienes raíces, urbanos o rurales, propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros, todo tipo de explotación de bienes raíces, derechos, comunidades, bienes muebles, inmuebles por adherencia o por destinación, la formación y la participación de sociedades, cualquiera que sea su naturaleza o giro, toda otra actividad económica que los socios de común acuerdo determinen. CAPITAL: El capital social de cuarenta millones de pesos ($40.000.000.-), dividido en cuarenta mil (40.000.-) acciones nominativas, se suscribe íntegramente en este acto, de la siguiente manera: A) NORMA ELCIRA VERGARA ARAYA suscribe la cantidad de cuarenta mil acciones (40.000.-) equivalentes a la suma de cuarenta millones de pesos. Estas acciones se pagan de la siguiente forma: A.1) Por el presente instrumento doña NORMA ELCIRA VERGARA ARAYA suscribe cuarenta mil acciones por la suma de cuarenta millones de peos que se pagan mediante el aporte en especie de todos sus derechos que recaen el inmueble denominado fundo el olivar que rolan inscritos a fojas quinientos cuarenta y seis número quinientos ocho del Registro de Propiedad del año dos mil dos, valorado en cuarenta millones de pesos. Por el presente instrumento y en este acto doña NORMA ELCIRA VERGARA ARAYA aporta , cede y transfiere todos sus derechos en el Fundo el Olivar, que corresponde al resto de dos retazos de terreno del predio denominado “Fundo el Olivar”, de la comuna de La Serena, que se singularizan en el plano archivado bajo el número trescientos cuarenta y nueve, al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año mil novecientos ochenta y nueve, de la siguiente manera: Primer Retazo: tiene una superficie muy superior a media hectárea y deslinda: Norte: con camino público a El Romero y otros fundos, en línea quebrada que corre entre las letras A, B, C, D, E y F; Sur, con nuevo camino público a Elqui, en línea que corre entre las letras I, H, y G; Oriente, con hijuela Los Loros, en línea que corre entre las letras F y G; y Poniente, con resto del fundo El Olivar, en línea que corre entre las letras A e I. Segundo Retazo: con una superficie muy superior a media hectárea, que deslinda, Norte, con nuevo camino público a Elqui, en línea que corre entre las letras J y M, línea del ferrocarril de por medio; Sur, con rio Coquimbo, en línea que corre entre las letras K y L; Oriente, con hijuela Los Loros, en línea que corre entre las letras M y L; y Poniente, con resto del Fundo El Olivar, en línea que corre entre las letras J y K. De los lotes singularizados debe excluirse el Lote Uno, resultante de la subdivisión del Primer Retazo, singularizado en el plano agregado bajo el número ciento cincuenta y tres, al final del Registro de Propiedad, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco. Los derechos en el lote designado como Segundo Retazo: con una superficie muy superior a media hectárea, que deslinda, Norte, con nuevo camino público a Elqui, en línea que corre entre las letras J y M, línea del ferrocarril de por medio; Sur, con rio Coquimbo, en línea que corre entre las letras K y L; Oriente, con hijuela Los Loros, en línea que corre entre las letras M y L; y Poniente, con resto del Fundo El Olivar, en línea que corre entre las letras J y K. para todos los efectos legales conforme el plano número 153 del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de LA Serena correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco. Este predio se subdividió conforme el plano agregado bajo el número bajo el número 153 del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco. El Primer Retazo: tiene una superficie muy superior a media hectárea se subdividió en cuatro lotes saber: a) El lote dos de una superficie de 10.444.24 y deslinda : AL Norte con camino público a El Romero y otros fundos, en línea quebrada que corre entre las letras A, B, C, A´´, B´´,C´´, D´´, E´?, B´ , I y I „; Sur, con nuevo camino público a Elqui, en línea que corre entre las letras I A I?; Oriente, con LOTE TRES , en línea que corre entre las letras I´ a C? y Poniente, con el lote uno , en línea quebrada que corre entre las letras A a I.-B) Lote tres con una superficie de ocho mil cuatrocientos metros con los siguientes deslindes Norte: con camino al romero entre punto C? a D? ; Sur con nuevo camino público a Elqui, en línea que corre entre las letras I? a H? ; Oriente con lote cuatro en doscientos ochenta metros; Al Poniente con lote dos en doscientos ochenta metros; C) Lote cuatro con una superficie de ciento treinta y un mil seiscientos cinco metros cuadrados, cuyos deslindes especiales son Norte en línea quebrado entre los punto D? a D y desde el punto E hasta el punto F; Al Sur entre el punto H? al punto G; AL oriente con hijuela los loros entre el punto F a G ; Al poniente en doscientos ochenta metros con el lote dos. Este plano se autorizó por la dirección de obras municipales de la Ilustre Municipalidad de LA Serena en boletín 600 de fecha 28 de abril de 1995 aprobado con fecha 2 de mayo de 1995, el mismo que rola inscrito bajo el número 153 del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de LA Serena correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco. Adquirió sus derechos de dominio por compra a doña Cecilia Alejandra Barraza Vergara mediante escritura pública de fecha treinta de octubre de mil novecientos noventa y ocho otorgada ante don Carlos Medina Fernández, Notario Público de La Serena. El título de dominio de sus derechos en el Primer y Segundo retazo, en adelante el “Inmueble, está inscrito a fojas quinientos cuarenta y seis número quinientos ocho del Registro de Propiedad del año dos mil dos, del Conservador de Bienes Raíces de La Serena y su Rol de Contribuciones es el número ochocientos noventa y uno guion catorce, este aporte de todos sus derechos de dominio que ya se han singularizados, se da por se da por aceptado y recibido a la caja social y por ingresado al patrimonio social. Estando el total del capital suscrito y pagado en un cien por ciento conforme el pacto social antes estipulado para todos los efectos legales. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderán a Doña NORMA ELCIRA VERGARA ARAYA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades y contratos. Demás estipulaciones señaladas constan escritura extractada.- La Serena, 26 de Junio de 2019.-