SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES INMOTRANS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2019
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- N. fantasía
- “INMOTRANS LIMITADA”, RUT. 76.332.951-8, constituida por escritura pública de 05 de marzo de 2014, ante notario público de Concepción Ernesto Valenzuela Norambuena, cuyo extracto se inscribió a fojas 586, número 537, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2014, y se publicó en Diario oficial n° 40.807, de 14 de marzo de 2014. Modificada por escritura pública de 08 de abril de 2014, otorgada ante el notario público de Concepción Ernesto Valenzuela Norambuena y por escritura pública de 08 de septiembre de 2014, otorgada ante notario público de San Pedro de la Paz Héctor Sepúlveda Quintana, cuyo extracto se publicó en Diario Oficial de fecha 10 de septiembre de 2014, número 40955. Capital social $119.000.000. Además por escritura que extracto procedieron a liquidar haberes de la sociedad, de común acuerdo, de la siguiente manera: la hijuela de Ángela Feridy Sepúlveda Aravena se completa de la siguiente manera: a) Adjudicándole en propiedad exclusiva el dominio de los bienes raíces singularizados en la cláusula cuarta números uno) dos) y tres) de la escritura que extracto, quedando así enterada su hijuela quien la acepta a su entera conformidad. La hijuela de Tomas Orlando Benavides Barra se completa de la siguiente manera: a) Con la adjudicación en propiedad exclusiva del dominio de los bienes raíces individualizados en la cláusula cuarta, números cuatro) y cinco) y b) Con la Adjudicación en propiedad del dominio de la suma de dinero en efectivo singularizada en el número seis) de la cláusula cuarta de la escritura que se extracta, quedando así enterada su hijuela, quien acepta la adjudicación, en la forma indicada a entera satisfacción. Los comparecientes aceptan las adjudicaciones en la forma señalada y declaran haber recibido conformes los bienes adjudicados, procediéndose a la respectiva cancelación de inscripciones que de inmuebles se practicó a nombre de “SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES INMOTRANS LIMITADA” nombre de fantasía “INMOTRANS LIMITADA” en registros de Propiedad de los Conservadores de Bienes Raíces de Concepción, San Pedro de la Paz, Talcahuano y Santa Juana, a las que se hace alusión en escritura extractada
- Capital
- $119.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ HUMBERTO MIGUEL SALAZAR RIVERA, Abogado Notario Público interino de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana 971, local 24, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de junio de 2019, ante mí, TOMÁS ORLANDO BENAVIDES BARRA, chileno, soltero, empresario, C.I.Nº 11.575.917-5, domiciliado en Avda. Campos Bellavista n° 492, casa Nº59, Concepción; y ANGELA FERIDY SEPULVEDA ARAVENA, chilena, soltera, médico cirujano, C.I.Nº 14.374.994-0, domiciliada en Martín Ruíz Nº1.548, Lomas de San Andrés, Concepción, disolvieron y liquidaron de común acuerdo a partir fecha escritura extractada “SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES INMOTRANS LIMITADA” Nombre de Fantasía: “INMOTRANS LIMITADA”, RUT. 76.332.951-8, constituida por escritura pública de 05 de marzo de 2014, ante notario público de Concepción Ernesto Valenzuela Norambuena, cuyo extracto se inscribió a fojas 586, número 537, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2014, y se publicó en Diario oficial n° 40.807, de 14 de marzo de 2014. Modificada por escritura pública de 08 de abril de 2014, otorgada ante el notario público de Concepción Ernesto Valenzuela Norambuena y por escritura pública de 08 de septiembre de 2014, otorgada ante notario público de San Pedro de la Paz Héctor Sepúlveda Quintana, cuyo extracto se publicó en Diario Oficial de fecha 10 de septiembre de 2014, número 40955. Capital social $119.000.000. Además por escritura que extracto procedieron a liquidar haberes de la sociedad, de común acuerdo, de la siguiente manera: la hijuela de Ángela Feridy Sepúlveda Aravena se completa de la siguiente manera: a) Adjudicándole en propiedad exclusiva el dominio de los bienes raíces singularizados en la cláusula cuarta números uno) dos) y tres) de la escritura que extracto, quedando así enterada su hijuela quien la acepta a su entera conformidad. La hijuela de Tomas Orlando Benavides Barra se completa de la siguiente manera: a) Con la adjudicación en propiedad exclusiva del dominio de los bienes raíces individualizados en la cláusula cuarta, números cuatro) y cinco) y b) Con la Adjudicación en propiedad del dominio de la suma de dinero en efectivo singularizada en el número seis) de la cláusula cuarta de la escritura que se extracta, quedando así enterada su hijuela, quien acepta la adjudicación, en la forma indicada a entera satisfacción. Los comparecientes aceptan las adjudicaciones en la forma señalada y declaran haber recibido conformes los bienes adjudicados, procediéndose a la respectiva cancelación de inscripciones que de inmuebles se practicó a nombre de “SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES INMOTRANS LIMITADA” nombre de fantasía “INMOTRANS LIMITADA” en registros de Propiedad de los Conservadores de Bienes Raíces de Concepción, San Pedro de la Paz, Talcahuano y Santa Juana, a las que se hace alusión en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 24 de junio de 2019.