Mancor SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2019
- Notario
- JOHN GALLARDO GÓMEZ
- Oficio
- Segunda Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Administración
ARTÍCULO DUODÉCIMO, de la escritura referida en los siguientes términos: La sociedad será administrada y representada por doña PAULINA ANDREA LEYTON CARRIZO, la que tendrá y conservará todas y cada una de las facultades y responsabilidades, ya explicitadas en el articulo duodécimo, título tercero, de la escritura de constitución que ha sido citada, reproduciendo las facultades y responsabilidades originalmente señaladas, salvo en lo modificado en esta escritura de saneamiento y modificación
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOHN GALLARDO GÓMEZ, Notario Público de la Segunda Notaría de La Serena, Suplente del Titular, Oscar Fernández Mora, con domicilio en Cordovez 588, Local 108, La Serena, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí; don CRISTIAN ALBERTO CORTES PASTEN, chileno, casado, Independiente, cédula nacional de identidad número trece millones quinientos treinta y tres mil cuatrocientos noventa y cinco guion dos, treinta y tres años de edad, domiciliado en pasaje El Castaño número mil treinta y dos, Villa La Florida, comuna y ciudad de la serena y doña PAULINA ANDREA LEYTON CARRIZO, chilena, casada, independiente, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos setenta y cinco mil cincuenta y cuatro guion nueve, treinta y cuatro años de edad, domiciliada en pasaje El Castaño número mil treinta y dos, Villa La Florida, comuna y ciudad de la serena, procedieron a suscribir escritura de saneamiento y modificación de la sociedad por acciones MANCOR SpA, La escritura de saneamiento y modificación tiene por objeto corregir el defecto formal en la constitución de la sociedad, consistente en el no cumplimiento de dispuesto la letra b del artículo tres de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, por cuanto en acto de la constitución social, se incurrió en el error involuntario consistente en la tardía publicación e inscripción del extracto Asimismo, se procedió a modificar la sociedad en los siguientes términos: Que los comparecientes vienen en modificar las siguientes cláusulas del pacto social: A) El capital originalmente suscrito y que se mantiene, es de cinco millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de igual valor cada una, y sin valor nominal, y en ese sentido doña PAULINA ANDREA LEYTON CARRIZO, ya individualizada en la cláusula anterior, viene en adquirir para si el cincuenta por ciento de la acciones, correspondientes al capital original de la presente sociedad, suscribiéndolas y pagando la suma de dos millones quinientos mil pesos por aquellas, y en consecuencia formar parte de ella. B) Que se modificará y agregará al artículo tercero del pacto social, relativo a los objetos de la sociedad, con los siguientes objetos a la sociedad: Compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, productos químicos y demás insumos para la industria minera y mecánica, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones, y todo otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y demás negocios que los accionistas acuerden, comercialización de repuestos, accesorios, mantención y reparación de maquinarias y vehículos, equipos industriales y mecánicos. C) Que se procede a modificar el TITULO TERCERO: ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO DUODÉCIMO, de la escritura referida en los siguientes términos: La sociedad será administrada y representada por doña PAULINA ANDREA LEYTON CARRIZO, la que tendrá y conservará todas y cada una de las facultades y responsabilidades, ya explicitadas en el articulo duodécimo, título tercero, de la escritura de constitución que ha sido citada, reproduciendo las facultades y responsabilidades originalmente señaladas, salvo en lo modificado en esta escritura de saneamiento y modificación Demás estipulaciones escritura extractada.- La Serena, 17 de junio de 2019.