MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MACHARD AJUSTADORES, LIQUIDADORES OFICIALES DE SEGUROS LIMITADA

RUT 77619200-7 CVE 1613508
Capital
$750.000 CLP
Fecha instrumento
21 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de junio de 2019
Repertorio
34721
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Domicilio
don ALVARO GONZALEZ SALINAS
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$750.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente de don ALVARO GONZALEZ SALINAS, Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas N°1070, segundo piso, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 21 de Junio de 2019, Repertorio N°34.721, ante mí, CARLOS FELIPE ALONSO ZÚÑIGA, y KARINA RABINO DE ALONSO, domiciliados Málaga 89, Piso 8, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad MACHARD AJUSTADORES, LIQUIDADORES OFICIALES DE SEGUROS LIMITADA, constituida el 24 de mayo de 2001, ante Gonzalo de la Cuadra Fabres, repertorio 7755, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago del 2001 a fojas 16.648, N°13.388, el 28 de Junio de 2.001 y publicado en el Diario Oficial N°37.003 del día 5 de Julio y Diario Oficial N°37.006 de 9 de Julio, ambos del año 2001, vienen en Modificar cláusula de razón social, así: La señora Karina Rabino de Alonso y don Felipe Alonso Zúñiga, únicos socios de MACHARD AJUSTADORES, LIQUIDADORES OFICIALES DE SEGUROS LIMITADA, declaran que la razón social es y seguirá siendo, en carácter de único, MACHARD AJUSTADORES, LIQUIDADORES OFICIALES DE SEGUROS LIMITADA, y acuerdan modificar el uso del nombre de fantasía establecido en la escritura de constitución, MACHARD AJUSTADORES LIMITADA, el cual sólo se podrá utilizar con fines de publicidad, propaganda o fines de banco, eliminándose desde ya, y para siempre, el uso del nombre de fantasía como razón social. Capital social. Karina Rabino aportó la suma de $250.000; y Felipe Alonso Zúñiga aportó la suma de $750.000. En consecuencia el capital social asciende a $1.000.000 y se encuentra totalmente pagado. Cláusula de participación en los beneficios, pérdidas y utilidades. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes, en base a la siguiente distribución de beneficios, pérdidas y utilidades a) El Socio Felipe Alonso Zúñiga en un 75% de las pérdidas y utilidades; y b) Al socio doña Karina Rabino un 25% de las pérdidas y utilidades. En lo no modificado se entiende vigente la escritura social y sus estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura social. Santiago, 24 de Junio de 2019.