MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES ROCMIN SpA

RUT 76092893-3 CVE 1613280
Fecha instrumento
14 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2019
Notario
Patricio Raby Benavente
Oficio
5 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
ley 18.046

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES ROCMIN SpA socio 76092893-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Raby Benavente, Abogado, Notario Público Titular de la 5 Notaría de Santiago, domiciliado en Av. Gertrudis Echenique N°30, Of. 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de 14 de junio de 2019, ante mí, don JAIME LEONARDO NAVARRETE YÁÑEZ, único y actual accionistas, según consta en registro de accionistas que he tenido a la vista, modificó de la sociedad INVERSIONES ROCMIN SpA, RUT N° 76.092.893-3, inscrita a fs. 530 N° 387 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del 2010. Modificación consiste: 1) Modificar el artículo Décimo Tercero del estatuto de la Sociedad, referente a la Administración y al número de directores, reemplazándolo la primera parte del artículo por el siguiente: “ARTICULO DECIMO TERCERO: La sociedad será administrada por el constituyente don JAIME LEONARDO NAVARRETE YÁÑEZ, en el carácter de administrador provisional y por un plazo máximo de 8 meses, quién tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo 40 de la ley 18.046 otorga al Directorio de una sociedad anónima, y las ejercerá personalmente o a través de aquel o aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, quienes deberán anteponer a sus firmas personal el nombre de la sociedad. Al término del plazo señalado precedentemente, la sociedad pasará a ser administrada en forma definitiva por un Directorio compuesto por 5 miembros titulares elegidos por los accionistas en la forma señalada en el artículo décimo cuarto de este instrumento.” 2) Modificar el artículo Décimo Cuarto del estatuto de la Sociedad, referente al Directorio, reemplazándolo por el siguiente: ”ARTICULO DECIMO CUARTO: Directorio. El directorio se compone de 5 miembros, los cuales serán elegidos por la junta de accionistas. Los directores no tendrán suplentes y durarán en su cargo un período de 3 años. Transcurrido dicho período, el directorio será renovado totalmente, pudiendo los directores ser reelegidos en sus cargos indefinidamente. Los directores continuarán en sus funciones después de expirado su período si por cualquier causa no se celebrare en la época establecida la junta de accionistas llamada a realizar la elección o renovación del directorio. En tal caso, el directorio deberá convocar dentro del plazo de 30 días a una junta de accionistas para efectuar los nombramientos correspondientes. Los directores podrán ser o no accionistas de la Sociedad. El directorio es esencialmente revocable por la junta de accionistas.” 3) Modificar el artículo Décimo Quinto del estatuto de la Sociedad, referente a la Elección del Directorio, reemplazándolo por el siguiente: ”ARTICULO DECIMO QUINTO: Dentro del plazo de 8 meses, contados desde la fecha de constitución, el administrador provisional de la sociedad, cesará en sus funciones y la sociedad pasará a ser administrada en forma definitiva por un Directorio compuesto por 5 miembros titulares. El primer directorio de la Sociedad estará formado por don JAIME LEONARDO NAVARRETE YAÑEZ, doña BERTA GAETE DUARTE, don JOSE LUIS CAROCA GAETE, doña PAMELA NAVARRETE YÁÑEZ y don JAIME IGNACIO NAVARRETE GAETE. Este directorio durará en sus funciones hasta la próxima junta ordinaria o extraordinaria de accionistas, según sea el caso, en la que se procederá a elegir el directorio definitivo.” En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Otras estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago 25 de junio de 2019. Patricio Raby Benavente. Notario Público.