Instrumento
- Fecha
- 20 de junio de 2019
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- San Bernardo
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A).- La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos y rurales por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente por cuenta propia o ajena dichas inversiones; obtener rentas; B).- La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria o de inversión; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
El uso de la razón social, la administración de la sociedad y su representación legal corresponderá a un Gerente, persona natural, designado por los accionistas y que puede ser accionista o no. Los accionistas pueden designarse y votar a favor de sí mismos. La designación de Gerente es esencialmente revocable. , quien contará con facultades señaladas en escritura. DESIGNACION DE GERENTE: El único accionista constituyente, doña GEMA VERONICA GONZALEZ MUÑOZ, chilena, casada, factor de Comercio, cédula de identidad número once millones seiscientos cincuenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve guion siete, viene por este acto en designarse como gerente de la sociedad, y para el desempeño de su cargo estará premunido de todas y cada una de las facultades expresadas en el artículo duodécimo de los estatutos. Esta designación se mantendrá vigente en tanto no sea modificada por acuerdo de la junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público, Titular 49ª Notaria de Santiago, con oficio en Amunategui Nº 341, Santiago, Certifica, por escritura pública del 20/06/2019 ante mí, GEMA VERÓNICA GONZÁLEZ MUÑOZ, chilena, casada, Factor de comercio, cédula de identidad número once millones seiscientos cincuenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve guion siete, con domicilio en Avenida Presidente Jorge Alessandri Rodríguez número diecinueve mil setecientos dos, oficina cuatro, Comuna de San Bernardo, de paso por esta, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones. Nombre: “INMOCAMPO SpA.”. Domicilio: San Bernardo, sin perjuicio de sucursales que la accionista establezca en otros puntos del país o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: A).- La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos y rurales por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente por cuenta propia o ajena dichas inversiones; obtener rentas; B).- La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria o de inversión; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.-. Capital: El capital de la sociedad ascenderá a la suma de Cinco millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, de un valor inicial de mil pesos cada una y sin valor nominal. Dicho capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y estos tendrán derecho de opción preferente.- Administración: El uso de la razón social, la administración de la sociedad y su representación legal corresponderá a un Gerente, persona natural, designado por los accionistas y que puede ser accionista o no. Los accionistas pueden designarse y votar a favor de sí mismos. La designación de Gerente es esencialmente revocable. , quien contará con facultades señaladas en escritura. DESIGNACION DE GERENTE: El único accionista constituyente, doña GEMA VERONICA GONZALEZ MUÑOZ, chilena, casada, factor de Comercio, cédula de identidad número once millones seiscientos cincuenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve guion siete, viene por este acto en designarse como gerente de la sociedad, y para el desempeño de su cargo estará premunido de todas y cada una de las facultades expresadas en el artículo duodécimo de los estatutos. Esta designación se mantendrá vigente en tanto no sea modificada por acuerdo de la junta de accionistas. Demás estipulaciones escritura que extracto. Santiago, 20 de junio de 2019.-