COMERCIALIZADORA ROMULO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2011
- Notario
- GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ
- Domicilio
- con oficio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins n° 3425
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Abogado, Notario Público, con oficio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins n° 3425, comuna de Estación Central, certifico, que por escritura pública de hoy, ante mí, don JOHN PATRICIO LOCIER BASTIAS, domiciliado en calle Rio Claro n° 2.045, de la comuna de Lampa, don HECTOR ADRIAN ROJAS CHAVEZ, domiciliado en calle Herrera n° 1260, de la comuna de Santiago y doña BARBARA EVELYN MUÑOZ MEDEL, domiciliada en calle Santa Carolina Parcela 18 B, de la comuna de Lampa, vienen en modificar la sociedad COMERCIALIZADORA ROMULO LIMITADA", nombre de fantasía "ALL PRODUCTS LTDA , constituida por escritura pública de fecha 26/12/2011,m ante el Notario Público de Santiago, doña Ana Luisa Birkner Moreira, Suplente del Notario Público de Santiago don Samuel Klecky Rapaport, e inscrita a fs. 77.893, bajo el n° 57.183 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2.011, y publicado en el Diario Oficial de fecha 04/01/2012, donde don HECTOR ADRIAN ROJAS CHAVEZ, vende, cede y transfiere, el 1% de los derechos sociales de que es dueño en el haber e interés social a doña BARBARA EVELYN MUÑOZ MEDEL, quién a su vez los adquiere para sí en el precio único y total de $200.000, que la adquirente pagó con anterioridad al presente acto al contado y en dinero efectivo, y que el cedente declara haberlos recibido a su entera conformidad. Por otra parte don HECTOR ADRIAN ROJAS CHAVEZ, vende, cede y transfiere, el 49% de los derechos sociales de que es dueño en el haber e interés social a don JOHN PATRICIO LOCIER BASTIAS, quien a su vez los adquiere para sí en el precio único y total de $15.000.000 pagados según escritura social. En virtud de las cesiones anteriores, la sociedad queda conformada exclusivamente por don JOHN PATRICIO LOCIER BASTIAS, con un 99% del capital, haber e interés social y doña BARBARA EVELYN MUÑOZ MEDEL, con un 1% del capital, haber e interés social. Las utilidades se distribuirán a razón de un 50% para cada socio. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, a partir de esta fecha, será ejercida única y exclusivamente por el socio don JOHN PATRICIO LOCIER BASTIAS, con las mismas facultades ya establecidas para el administrador y contempladas en el primitivo pacto social. En todo lo no modificado por la presente escritura se mantiene íntegramente vigente el pacto social. Demás estipulaciones constan escritura social extractada. Stgo., 11 de junio del año 2019. GOR