MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL LIMAX SpA

RUT 76719400-5 CVE 1613332
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de mayo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de mayo de 2019
Notario
ante doña Nelly Dunlop Rudolffi
Oficio
Quincuagésima Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado Notario Público Titular de la Séptima Notaria de Santiago con Oficio en calle Agustinas 1161 entrepiso, Comuna y ciudad de Santiago CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 28 de mayo de 2019, comparecieron ante mí, Don PAULO ANTONIO AGUILAR DIAZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, C.I. N° 13.279.880-K, domiciliado en calle Pucará N° 5346, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; doña LUBELINDA DEL CARMEN DIAZ ARAYA, chilena, viuda, dueña de casa, C.I. N° 7.059.514-1, domiciliada en pasaje Santa Teresita N° 830, comuna de La Florida, Región Metropolitana; y don JULIAN ANDRES AGUILAR DIAZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, C.I. N° 13.072.505-8, domiciliado en calle El Vergel N° 2744, departamento 401, comuna de Providencia, Región Metropolitana; Sanearon, Modificaron y Transformación de Sociedad “COMERCIAL LIMAX SpA.”, escritura pública de fecha 24 de Agosto de 2018, ante MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado Notario Público, Titular de la Séptima Notaria Santiago Agustinas 1161 entre piso Santiago, los comparecientes, MODIFICARON Y TRANSFORMARON, “COMERCIAL LIMAX LIMITADA”, que fue constituida por escritura pública de fecha 4-12-2006 ante doña Nelly Dunlop Rudolffi, Notario Público Titular de la Quincuagésima Notaria de Santiago, siendo su extracto inscrito a fojas 50.364, N° 36011, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2006. En el extracto Publicado e Inscrito a fojas 69251 N° 35468 del año 2018 DICE LO SIGUIENTE “ El capital de la sociedad es la suma de $33.000.000, dividido en 30.000 acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: Don Paulo Antonio Aguilar Díaz, dueño de derechos equivalentes a un 33 % del total del capital de la sociedad de responsabilidad limitada, que corresponde a $9.900.000, suscribe y paga 9900 acciones; b) Doña Lubelinda del Carmen Díaz Araya, dueña de derechos equivalentes a un 34 % del total del capital de la sociedad de responsabilidad limitada, que corresponde a $10.200.000, suscribe y paga 10.200 acciones; y c) don Julian Andrés Aguilar Díaz, dueño de derechos equivalentes a un 33 % del total del capital de la sociedad de responsabilidad limitada, que corresponde a $9.900.000. suscribe y paga 9.900. acciones. Queda así íntegramente suscrito y pagado el capital social.” DEBIENDO DECIR: El capital de la sociedad es la suma de $30.000.000, dividido en 30.000 acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Don Paulo Antonio Aguilar Díaz, dueño de derechos equivalentes a un 33 % del total del capital de la sociedad de responsabilidad limitada, que corresponde a $9.900.000, suscribe y paga 9.900. acciones; b) Doña Lubelinda del Carmen Díaz Araya, dueña de derechos equivalentes a un 34 % del total del capital de la sociedad de responsabilidad limitada, que corresponde a $10.200.000, suscribe y paga 10.200 acciones; y c) don Julián Andrés Aguilar Díaz, dueño de derechos equivalentes a un 33 % del total del capital de la sociedad de responsabilidad limitada, que corresponde a $9.900.000, suscribe y paga 9.900 acciones. Queda así íntegramente suscrito y pagado el capital social.- De conformidad a las estipulaciones de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve acuerdan saneamiento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 25 de junio de 2019.-