Instrumento
- Fecha
- 20 de junio de 2019
- Notario
- René Benavente Cash
- Oficio
- 45° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) La prestación de servicios profesionales, asesorías y consultorías de todo tipo a personas y empresas, incluyendo materias de ingeniería, finanzas e inversiones, inmobiliarias y comerciales; b) Efectuar inversiones por cuenta propia o ajena, en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de fondos, comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; c) La administración de toda clase de sociedades; d) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, administración u otra forma de desarrollo, explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, sean urbanos o rurales, ya sea por cuenta propia o ajena; y, e) En general, la realización de toda clase de actos y contratos que sean conducentes al desarrollo de las actividades comprendidas en su giro social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRené Benavente Cash, Notario Público Titular 45° Notaría Santiago, Huérfanos 979, 7° piso, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de junio de 2019, repertorio número 25.111 - 2019, ante el notario suplente don Joaquín Labbé Donoso, don Nicolás Gonzalo García Pérez constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: "BEDROCK SpA". Accionistas: Nicolás Gonzalo García Pérez. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) La prestación de servicios profesionales, asesorías y consultorías de todo tipo a personas y empresas, incluyendo materias de ingeniería, finanzas e inversiones, inmobiliarias y comerciales; b) Efectuar inversiones por cuenta propia o ajena, en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de fondos, comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; c) La administración de toda clase de sociedades; d) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, administración u otra forma de desarrollo, explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, sean urbanos o rurales, ya sea por cuenta propia o ajena; y, e) En general, la realización de toda clase de actos y contratos que sean conducentes al desarrollo de las actividades comprendidas en su giro social. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Se suscribe una acción, la cual debe ser pagada en el plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad. Las restantes acciones deberán ser suscritas y pagadas en el plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de junio de 2019. RBC. NP.