MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Amar y Rojas Dental Limitada

RUT 76025075-9 CVE 1613398
Capital
$1.200.000 CLP
Fecha instrumento
14 de junio de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2019

Sociedad

Capital
$1.200.000 CLP
Duración
10 años contados fecha escritura extractada, renovable en la forma que en ella se indica

Objeto social

Será la prestación de servicios odontológicos de cualquier naturaleza otorgando prestaciones directamente a los pacientes, a través de clínicas, asociaciones u otras organizaciones; servicios de laboratorio, radiología, exámenes, cirugías; y en general, las prestaciones relacionadas que los socios acuerden.- Domicilio, comuna de San Felipe

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jaime Polloni Contardo, Notario San Felipe, Merced 192, San Felipe, certifica, escritura pública 14 Junio 2019, ante mí, señores Jaime Cristian Amar Sapaj, Los Placeres 428. Casa 10, Condominio Los Placeres, Rinconada, Valeria Paz Rojas Amar, Guillermo Echeverría nro. 456, San Felipe, doña Kathleen Frances Scott Nicolás, Pasaje Emiliano Casas nro. 8, Parcela 5 – E, Rinconada de Silva, Putaendo, y doña Vanessa Magaly Sapaj Sabaj, Avda. Hermanos Carrera nro. 1.405, depto. 21, San Felipe, modificaron sociedad “Amar y Rojas Dental Limitada”, rut. 76.025.075- 9, constituida escritura pública 16 Junio 2008, ante notario que autoriza, con capital de $1.200.000.-, inscrita fs. 71 vta. nro. 86, Registro Comercio 2008, Conservador Bienes Raíces San Felipe, en sentido: que doña Valeria Rojas Amar vende, cede y transfiere a doña Kathleen Frances Scott Nicolás, quien compra para sí un 25% del haber total de la sociedad, en precio de $5.000.000.- ; que doña Valeria Rojas Amar vende, cede y transfiere a doña Vanessa Magaly Sapaj Sabaj, quien compra para sí un 10% del haber total de la sociedad, en precio de $2.000.000.- ; que don Jaime Cristian Amar Sapaj, vende, cede y transfiere a doña Vanessa Magaly Sapaj Sabaj, quien compra para sí un 15% del haber total de la sociedad, en precio de $3.000.000. Precios pagados al contado a entera conformidad de cedentes. Como consecuencia de cesiones de derechos, se retira de sociedad doña Valeria Rojas Amar y quedan como únicos socios e interesados en Amar y Rojas Dental Limitada, don Jaime Cristian Amar Sapaj, con 50% del haber social; doña Kathleen Frances Scott Nicolás, con 25% del haber social y doña Vanessa Magaly Sapaj Sabaj, con 25% del haber social, quienes introducen siguientes modificaciones al pacto social: Cláusula Segunda, en sentido que razón social será “AR Dental Limitada”, la que podrá actuar como “AR Dental Ltda.”; Cláusulas Quinta y Sexta, para establecer que capital social de $1.200.000.- ha sido enterado y pagado por los socios en siguiente proporción, don Jaime Cristian Amar Sapaj, la cantidad de $600.000.-; doña Kathleen Frances Scott Nicolás, la cantidad de $300.000.- y doña Vanessa Magaly Sapaj Sabaj, la cantidad de $300.000.- ; Cláusula Séptima, en sentido que administración de la sociedad corresponderá a los tres socios, actuando conjuntamente con excepciones que se indican. Comparecientes otorgan texto refundido del estatuto social, del cual extracto. Razón social. “AR Dental Limitada” la que podrá actuar como “AR Dental Ltda.”. Objeto. Será la prestación de servicios odontológicos de cualquier naturaleza otorgando prestaciones directamente a los pacientes, a través de clínicas, asociaciones u otras organizaciones; servicios de laboratorio, radiología, exámenes, cirugías; y en general, las prestaciones relacionadas que los socios acuerden.- Domicilio, comuna de San Felipe. Capital. $1.200.000.- que socios enteraron y pagaron don Jaime Cristian Amar Sapaj, la cantidad de $600.000.-; doña Kathleen Frances Scott Nicolás, la cantidad de $300.000.- y doña Vanessa Magaly Sapaj Sabaj, la cantidad de $300.000. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración y representación de la sociedad, corresponderá conjuntamente a los tres socios, en la forma y con facultades se indican escritura pública extractada. Duración: 10 años contados fecha escritura extractada, renovable en la forma que en ella se indica. Otras estipulaciones constan escritura pública extractada. San Felipe, 14 Junio 2019. J. Polloni C. Not.