SOCIEDAD COMERCIAL MARTINEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2017
- Notario
- CHRISTIAN FELIPE BARRERA ARRIAGADA
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN FELIPE BARRERA ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, A. Pinto N°555, certifico que por escritura pública, hoy ante mí, ROSA ESTER ARANGUIZ FIGUEROA, y ROXANA CAROLINA MARTINEZ ARANGUIZ, ambas Los Pinquillos N°2749, Iquique, modifican SOCIEDAD COMERCIAL MARTINEZ LIMITADA, nombre fantasía COMERCIAL MARTINEZ LTDA., constituida por escritura pública fecha 13 de Septiembre del año 2017, ante Notario Público de Iquique, Mónica Venegas de la Fuente, Suplente Titular doña María Antonieta Niño de Zepeda Parra, con capital de $12.000.000, inscrita a fojas 1382 vta., N°1073, Registro de Comercio año 2017, Conservador de Bienes Raíces de Iquique, sentido que, socia ROSA ESTER ARANGUIZ FIGUEROA, dueña de derechos y acciones en la sociedad ascendentes al 50% capital social, vende, cede y transfiere, derechos y acciones que corresponden al 40% capital social, a ROXANA CAROLINA MARTINEZ ARANGUIZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, a su entera conformidad. Consecuencia cesión que da cuenta presente instrumento, la SOCIEDAD COMERCIAL MARTINEZ LIMITADA ó COMERCIAL MARTINEZ LTDA., queda conformada de la siguiente manera: a) ROXANA CAROLINA MARTINEZ ARANGUIZ, queda con una participación en la sociedad, equivalente al 90% capital social de la sociedad; y b) ROSA ESTER ARANGUIZ FIGUEROA, queda con una participación social equivalente al 10% capital social sociedad. Asimismo, socias vienen en modificar la cláusula Segunda del pacto social constitutivo, en el sentido de ampliar el objeto o giro de la sociedad, agregando a los citados en el pacto social, los siguientes: “Importación, exportación, reexpedición, comercialización, elaboración, transformación, manufactura, representación y distribución al por mayor y menor de toda clase de mercaderías, especialmente, artículos de aseo e higiene, representar marcas nacionales e internacionales y, toda otra operación directa o indirecta relacionada con las anteriores. Además podrá actuar, como usuario de los Sistemas de Zonas Francas y/o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero.”- En todo lo no modificado, quedan vigente estipulaciones del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 07 de Junio de 2019.