MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RIOSECO Y URRUTIA LIMITADA

RUT 76909460-1 CVE 1612321
Capital
$53.000.000 CLP
Notaría
Los Angeles

Instrumento

Notario
SERGIO ADOLFO HERNANDEZ REEVE
Oficio
Segunda Notaría de Los Angeles
Comuna
Los Angeles

Sociedad

Capital
$53.000.000 CLP

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
FERNANDO ROMULO RIOSECO FERNANDEZ socio 4452253-5
FERNANDO RENE RIOSECO URRUTIA socio 14298787-2
JOSE MANUEL RIOSECO URRUTIA socio 14349774-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO ADOLFO HERNANDEZ REEVE, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Los Angeles, domiciliado en calle Lautaro N°371, de esta ciudad: Certifico:: Por escritura pública hoy, ante mí,, MERCEDES OLGA ELENA URRUTIA CHACON; RUT 6.263.172-4, FERNANDO ROMULO RIOSECO FERNANDEZ, RUT 4.452.253-5, MARIA CAROLINA RIOSECO URRUTIA, RUT. 12.326.414-2; FERNANDO RENE RIOSECO URRUTIA, RUT 14.298.787-2, y JOSE MANUEL RIOSECO URRUTIA, RUT 14.349.774-7, extendieron escritura de cesión de derechos y modificaron sociedad responsabilidad limitada, “RIOSECO Y URRUTIA LIMITADA”, RUT 76.909.460-1, con capital de $53.000.000, inscrita fs 442 Nº 260 Registro Comercio 2007 Conservador de Bienes Raíces de Los Angeles, en la siguiente forma: Mercedes Olga Elena Urrutia Chacón cedió, en común y por iguales partes, a María Carolina Rioseco Urrutia, a Fernando René Rioseco Urrutia, y a José Manuel Rioseco Urrutia, el 15% de su participación y derechos en la sociedad, por el precio de $7.950.000 al contado.- Fernando Rómulo Rioseco Fernández cedió, en común y por iguales partes, a María Carolina Rioseco Urrutia, a Fernando René Rioseco Urrutia, y a José Manuel Rioseco Urrutia, el 15% de su participación y derechos en la sociedad, por el precio de $7.950.000 al contado.- Como consecuencia cesiones y derechos, se incorporan a sociedad nuevos socios María Carolina Rioseco Urrutia, Fernando René Rioseco Urrutia, y José Manuel Rioseco Urrutia, con una participación cada uno de un cinco por ciento en el total de la sociedad, quedando en consecuencia conformada por los socios don Fernando Rómulo Rioseco Fernández, con un 42,5%, doña Mercedes Olga Elena Urrutia Chacón con un 42,5%, doña María Carolina Rioseco Urrutia con un 5%, don Fernando René Rioseco Urrutia con un 5%, y don José Manuel Rioseco Urrutia con un 5%.- Actuales socios modifican cláusula séptima estatutos la que en lo sucesivo quedará en la siguientes forma: “Las utilidades se distribuirán entre los socios proporcionalmente a sus aportes pagados o comprometidos, esto es, con un cuarenta y dos coma cinco por ciento de participación para el socio don Fernando Rómulo Rioseco Fernández, con un cuarenta y dos coma cinco por ciento de participación para la socia doña Mercedes Olga Elena Urrutia Chacón, un cinco por ciento para la socia doña María Carolina Rioseco Urrutia, un cinco por ciento para el socio don Fernando René Rioseco Urrutia, y un cinco por ciento para el socio don José Manuel Rioseco Urrutia. Las eventuales pérdidas serán soportadas por los socios en la misma proporción.- Los socios tendrán derecho a retirar a cuenta de utilidades, las sumas que establezcan de consuno, de acuerdo con la situación económica y financiera de la sociedad.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Los Angeles, 1 de Junio de 2.019.-