Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias, depósitos o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios informáticos, asesorías, desarrollo, compra, venta, importación, exportación y comercialización de hardware; desarrollo informático; venta de publicidad en cualquier medio, sea propio o de terceros; asesoría en marketing; y en general cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden, tenga o no relación directa con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Titular 43º Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos Nº835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 12 de junio de 2019, ante mí, Servicios de Comunicación y Turismo Ruta B- SpA., domiciliada en Nueva de Lyon Nº145, oficina 1401, Providencia, Santiago y don Pablo Andrés Ramírez Cabal, domiciliado en Pasaje El Coirón Nº10.625, La Florida, Santiago, constituyeron sociedad por acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “NeoWare SpA”, Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, depósitos o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto social: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios informáticos, asesorías, desarrollo, compra, venta, importación, exportación y comercialización de hardware; desarrollo informático; venta de publicidad en cualquier medio, sea propio o de terceros; asesoría en marketing; y en general cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden, tenga o no relación directa con el objeto social. Capital: $10.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, íntegramente suscrito, de las cuales 2.500 acciones se encuentran íntegramente pagadas, y saldo de 7.500 acciones se pagará dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura. Accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de junio de 2019.