JORGE Y MANUEL LESPERGUER SANHUEZA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2019
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, chileno, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, Suplente de Titular don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas numero mil setenta, segundo piso, comuna de Santiago. Certifica que por escritura de fecha 19 de junio de 2019, doña MARIBEL DEL CARMEN LESPERGUER FLORES, chilena, soltera, contadora general, cédula nacional de identidad N° 12.732.716-1; domiciliada Segunda Transversal N° 2390, Condominio Altos de Maipú, Edificio doña Paulina N° 403, comuna de Maipú, Región Metropolitana, doña ÉRIKA DE LOURDES LESPERGUER FLORES, chilena, casada, dueña de casa, cédula nacional de identidad N° 11.740.525-7; domiciliada calle Puerto Antofagasta N° 8.338, Villa La Viña, comuna de Pudahuel Sur, Región Metropolitana, doña MARÍA CECILIA LESPERGUER FLORES, chilena, casada, dueña de casa, cédula nacional de identidad N° 11.971.356-0; domiciliada Pasaje San Gabriel N° 94, Villa Maipú, comuna de Maipú, Región Metropolitana y doña ROSA AMELIA FLORES REYES, chilena, viuda, dueña de casa, cédula nacional de identidad N° 6.784.240-5; domiciliada Parcela Número Cinco, Sector La Gloria-Santa Rita, comuna de Curacaví, Región Metropolitana en representación de “JORGE Y MANUEL LESPERGUER SANHUEZA LIMITADA”, del giro agrícola, Rut 77.226.980-3, domiciliada Parcela 5, La Gloria - Santa Rita, comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, modifica escritura de modificación de constitución de sociedad de responsabilidad limitada “JORGE Y MANUEL LESPERGUER SANHUEZA LIMITADA”, y su nombre de fantasía "J Y M LESPERGUER LITDA." Modificación por escritura pública de fecha 28 de mayo año 2014, ante la notario suplente doña Carmen Hortensia Soza Muñoz, de la notario Titular doña María Soledad Santos Muñoz, de la séptima notaría de Santiago, y el extracto se inscribió a fojas setenta y siete Número ochenta y tres del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca del año dos mil catorce y que fue publicada en el dos mil catorce; se modifica la CLÁUSULA SEXTA, “Las comparecientes, vienen en modificar la cláusula sexta de la escritura de modificación en orden a que la administración, representación, uso de la razón social y el nombre de fantasía, corresponderá a doña MARIBEL DEL CARMEN LESPERGUER FLORES, ya individualizada y a doña MARÍA CECILIA DEL CARMEN LESPERGUER FLORES, ya individualizada, quienes podrán actuar por la sociedad en forma separada, conjunta o alterna, anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, sin que la enumeración de la cláusula quinta de la escritura de constitución sea taxativa, y esta misma cláusula, permitirá que ambas representantes conjuntamente, puedan adquirir, enajenar y arrendar bienes raíces, negocios y establecimientos de comercio, hipotecar, gravar, dar en prenda, constituir derechos reales, instituir y aceptar cesiones de bienes y de créditos”. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago 21 de junio del año 2019.-