Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2019
- Notario
- DORA SILVA LETELIER
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año
- Duración
- Indefinida
Administración
será administrada por un Administrador o el Gerente General, nombrado o designado por los accionistas, con amplias facultades incluidas en el artículo 8° de la escritura de constitución. Capital Social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de única serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en el acto de constitución, en dinero efectivo, e ingresado a la caja social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDORA SILVA LETELIER, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y Oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que: por escritura pública con fecha de hoy, otorgado ante mí, don FELIPE IGNACIO IBÁÑEZ VALENZUELA, C.I.Nº18.169.293-6, domiciliado en calle Santa Julia Nº305, comuna La Florida, Región Metropolitana; constituyó una Sociedad por Acciones, cuya razón social será “IBAL INSTALACIONES SpA”.- El Objeto social pactado es: “a) Diseño, Ingeniería, asesorías, elaboración y ejecución de toda clase de obras y proyectos de construcción, civiles, industriales sanitarios, climatización u otros ya sea por cuenta propia o de terceros; b) Mantenimiento, acondicionamiento de obras de construcción y c) en general, toda actividad que acuerden los accionistas, relacionada, con el objeto social”.- La Administración: será administrada por un Administrador o el Gerente General, nombrado o designado por los accionistas, con amplias facultades incluidas en el artículo 8° de la escritura de constitución. Capital Social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de única serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en el acto de constitución, en dinero efectivo, e ingresado a la caja social. Domicilio: Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año. Vigencia: Indefinida. Demás cláusulas contenida en escritura extractada.- LA FLORIDA, 24 de Junio de 2019.