ALL FORWARDER WORLDWIDE COURIER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2019
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Notaría San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público TITULAR de la Notaría San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 4886, San Miguel, certifico: Por escritura pública de esta fecha, ante mi, don LUIS CHRISTHIAN FIGUEROA RIQUELME, domiciliado en calle Claudio Arrau 0299, comuna de Providencia y don CHRISTIAN ELÍAS FIGUEROA SEPÚLVEDA, domiciliado en Huérfanos 1160, Oficina 214, comuna de Santiago, modificaron la sociedad responsabilidad limitada de nombre “ALL FORWARDER WORLDWIDE COURIER LIMITADA” y sustituyeron objeto por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO.- El objeto de la sociedad será la atención de transporte internacional y/o nacional a terceros por vía aérea o terrestre o marítima de exportación e importación de correo privado o masivo, documentos, casillas postales y mercaderías que requieran el traslado de urgencia, Envío de Entrega Rápida o Expreso Internacional o Courier y toda actividad relacionada directo o indirectamente con transporte internacional y/o nacional, contratación de embarques por cuenta de terceros hacia y desde el extranjero, consolidación y desconsolidación de cargas especiales y en general todo lo que ampare la definición freigth forwarders para complementación de servicios integrales con el objeto de efectuar manifiestos electrónicos de datos, apertura de conocimientos de embarques, guías aéreas o cartas de porte , emitidas por su intermedio o por sus representantes, aclaración de manifiestos, modificados a conocimiento de embarque emitidos por su intermedio o por su contenido, sellado o precintado aduanero, efectuar las operaciones y tramitación de trasbordo de la carga cuyo flete o destino son responsables y todo lo que ampare la definición”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 de junio 2019.