AGRÍCOLA LAS LOMAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2019
- Notario
- ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.852.922.245 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 10 años contados a partir de la fecha de la escritura pública que se extracta en este acto. Este plazo se entenderá automáticamente renovado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios, declare su intención de darle término, mediante una escritura pública, la cual deberá inscribirse en el Registro de Comercio respectivo, al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad, al menos 6 meses antes del término del período entonces vigente
Objeto social
a) Realizar la explotación agrícola y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome a medianería o en otra forma de explotación y comercialización; el desarrollo de toda clase de negocios agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales y agroindustriales; la comercialización y exportación de sus productos y la celebración de los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos señalados; b) Realizar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto e ingresar a las ya constituidas; y d) Desarrollar todas las actividades o negocios que los socios decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público, Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3076, Oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de abril de 2019, otorgada ante mí, don Jorge José Ramón Matetic Riestra, don Jorge José Matetic Hartard, don Cristián Andrés Eduardo Matetic Hartard, don Andrés Matetic Hartard y doña María Carolina Matetic Hartard, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Hernando de Aguirre 430, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de AGRÍCOLA LAS LOMAS LIMITADA (la “Sociedad”), acordaron modificarla en los siguientes términos: 1. Se dividió la Sociedad, mediante la distribución de su patrimonio entre sí y tres nuevas sociedades que se constituyen al efecto, denominadas Agrícola Las Montañas Limitada, Agrícola Los Montes Limitada y Agrícola Los Cerros Limitada (las “Nuevas Sociedades”), correspondiendo a los socios de las Nuevas Sociedades la misma participación en el capital que aquella que poseen en la Sociedad. 2. En consecuencia, para materializar la división, se disminuyó el capital de la Sociedad de $7.411.688.979 a $1.852.922.245, reemplazándose el Artículo Séptimo de los estatutos de la Sociedad por la siguiente: “ARTICULO SÉPTIMO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de 1.852.922.245 pesos, que los socios han aportado y pagado a la Sociedad en las siguientes proporciones: a) don Jorge Matetic Riestra, la cantidad de 1.552.922.245 pesos, lo que representa el 83,809358 por ciento de participación en el capital social; b) don Jorge José Matetic Hartard, la cantidad de 75.000.000 pesos, lo que representa el 4,047669 por ciento de participación en el capital social; c) don Cristián Matetic Hartard, la cantidad de 75.000.000 pesos, lo que representa el 4,047669 por ciento de participación en el capital social; d) don Andrés Matetic Hartard, la cantidad de 75.000.000 pesos, lo que representa el 4,047669 por ciento de participación en el capital social; y e) doña Carolina Matetic Hartard, la cantidad de 75.000.000 pesos, lo que representa el 4,047669 por ciento de participación en el capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado por los socios a la Sociedad con anterioridad a esta fecha.” 3. Se constituyeron y aprobaron los estatutos de Agrícola Las Montañas Limitada, cuyos socios son don Jorge Matetic Riestra, don Jorge José Matetic Hartard, don Cristián Matetic Hartard, don Andrés Matetic Hartard; y doña Carolina Matetic Hartard, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Hernando de Aguirre 430, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, y cuyo extracto es el siguiente: Razón Social: Agrícola Las Montañas Limitada. Capital: $1.852.922.244, íntegramente suscrito y pagado, en las siguientes proporciones: a) don Jorge Matetic Riestra, la cantidad de $1.552.922.244, lo que representa el 83,809358% de participación en el capital social; b) don Jorge José Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social; c) don Cristián Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social; d) don Andrés Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social; y e) doña Carolina Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social. Objeto: a) Realizar la explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome a medianería o en otra forma de explotación y comercialización; el desarrollo de toda clase de negocios agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales y agroindustriales; la comercialización y exportación de sus productos y la celebración de los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos señalados; b) Realizar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto e ingresar a las ya constituidas; y d) Desarrollar todas las actividades o negocios que los socios decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Administración y uso de Razón Social: Corresponde a don Jorge Matetic Riestra, don Jorge José Matetic Hartard, don Cristián Matetic Hartard, don Andrés Matetic Hartard, y doña Carolina Matetic Hartard, a quienes, actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, les corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y quienes podrán actuar por medio de uno o más apoderados que designen especialmente para este efecto mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Duración: 10 años contados a partir de la fecha de la escritura pública que se extracta en este acto. Este plazo se entenderá automáticamente renovado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios, declare su intención de darle término, mediante una escritura pública, la cual deberá inscribirse en el Registro de Comercio respectivo, al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad, al menos 6 meses antes del término del período entonces vigente. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana sin perjuicio de otras agencias, sucursales u oficinas que puedan establecerse en un lugar distinto dentro de la República de Chile o en el extranjero. Responsabilidad de los socios: se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 4. Se aprobaron los estatutos de Agrícola Los Montes Limitada, cuyos socios son don Jorge Matetic Riestra, don Jorge José Matetic Hartard, don Cristián Matetic Hartard, don Andrés Matetic Hartard; y doña Carolina Matetic Hartard, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Hernando de Aguirre 430, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, y cuyo extracto es el siguiente: Razón Social: Agrícola Los Montes Limitada. Capital: $1.852.922.245, íntegramente suscrito y pagado en las siguientes proporciones: a) don Jorge Matetic Riestra, la cantidad de $1.552.922.245, lo que representa el 83,809358% de participación en el capital social; b) don Jorge José Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social; c) don Cristián Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social; d) don Andrés Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social; y e) doña Carolina Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social. Objeto: a) Realizar la explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome a medianería o en otra forma de explotación y comercialización; el desarrollo de toda clase de negocios agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales y agroindustriales; la comercialización y exportación de sus productos y la celebración de los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos señalados; b) Realizar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto e ingresar a las ya constituidas; y d) Desarrollar todas las actividades o negocios que los socios decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Administración y uso de Razón Social: Corresponde a don Jorge Matetic Riestra, don Jorge José Matetic Hartard, don Cristián Matetic Hartard, don Andrés Matetic Hartard, y doña Carolina Matetic Hartard, a quienes, actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, les corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y quienes podrán actuar por medio de uno o más apoderados que designen especialmente para este efecto mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Duración: 10 años contados a partir de la fecha de la escritura pública que se extracta en este acto. Este plazo se entenderá automáticamente renovado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios, declare su intención de darle término, mediante una escritura pública, la cual deberá inscribirse en el Registro de Comercio respectivo, al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad, al menos 6 meses antes del término del período entonces vigente. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana sin perjuicio de otras agencias, sucursales u oficinas que puedan establecerse en un lugar distinto dentro de la República de Chile o en el extranjero. Responsabilidad de los socios: se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 5. Se aprobaron los estatutos de Agrícola Los Cerros Limitada, cuyos socios son don Jorge Matetic Riestra, don Jorge José Matetic Hartard, don Cristián Matetic Hartard, don Andrés Matetic Hartard; y doña Carolina Matetic Hartard, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Hernando de Aguirre 430, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, y cuyo extracto es el siguiente: Razón Social: Agrícola Los Cerros Limitada. Capital: $1.852.922.245, íntegramente suscrito y pagado en las siguientes proporciones: a) don Jorge Matetic Riestra, la cantidad de $1.552.922.245, lo que representa el 83,809358% de participación en el capital social; b) don Jorge José Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social; c) don Cristián Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social; d) don Andrés Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social; y e) doña Carolina Matetic Hartard, la cantidad de $75.000.000, lo que representa el 4,047669% de participación en el capital social. Objeto: a) Realizar la explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome a medianería o en otra forma de explotación y comercialización; el desarrollo de toda clase de negocios agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales y agroindustriales; la comercialización y exportación de sus productos y la celebración de los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos señalados; b) Realizar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto e ingresar a las ya constituidas; y d) Desarrollar todas las actividades o negocios que los socios decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Administración y uso de Razón Social: Corresponde a don Jorge Matetic Riestra, don Jorge José Matetic Hartard, don Cristián Matetic Hartard, don Andrés Matetic Hartard, y doña Carolina Matetic Hartard, a quienes, actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, les corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y quienes podrán actuar por medio de uno o más apoderados que designen especialmente para este efecto mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Duración: 10 años contados a partir de la fecha de la escritura pública que se extracta en este acto. Este plazo se entenderá automáticamente renovado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios, declare su intención de darle término, mediante una escritura pública, la cual deberá inscribirse en el Registro de Comercio respectivo, al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad, al menos 6 meses antes del término del período entonces vigente. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana sin perjuicio de otras agencias, sucursales u oficinas que puedan establecerse en un lugar distinto dentro de la República de Chile o en el extranjero. Responsabilidad de los socios: se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de junio de 2019. Roberto Antonio Cifuentes Allel, Notario Público Titular.