VITAMINA HOLDING SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de junio de 2019
- Repertorio
- 34674
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ASESORÍAS E INVERSIONES SEDNA SpA | socio | 76394340-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, Suplente del Titular, don ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Agustinas 1.070, 2º piso, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 21 de Junio de 2019, bajo Repertorio N° 34.674, ante mí, ASESORÍAS E INVERSIONES SEDNA SpA, RUT N° 76.394.340-2, representada por Alejandro Javier Bascuñán Droppelmann, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 10.005.726-3, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo 4.501, Oficina 1.801, comuna de Las Condes, Santiago, constituyó una sociedad por acciones. Nombre: “VITAMINA HOLDING SpA”. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: i) formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones, y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza; ii) invertir en general en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero; iii) administrar y explotar estas inversiones y la percepción de sus frutos y de cualquier otro beneficio que los accionistas acuerden; y iv) efectuar todas las demás actividades que sean necesarias para el desarrollo del objeto social. Capital: $1.000.000, dividido en 10 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga de la siguiente forma: ASESORÍAS E INVERSIONES SEDNA SpA suscribe 10 acciones, que corresponden al 100% del capital de la Sociedad, las cuales paga en el acto en su totalidad. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de Junio de 2019.