NORTH WIND SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de marzo de 2019
- Repertorio
- 1951
- Notario
- JUAN ANTONIO RETAMAL CONCHA
- Domicilio
- ciudad de Arica con oficio en calle Baquedano Nº 65
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO RETAMAL CONCHA, abogado, Notario Público Titular de la ciudad de Arica con oficio en calle Baquedano Nº 65, certifico: Por escritura pública hoy ante mí HECTOR ENRIQUE OBERG SAAVEDRA, Rut: 7.592.056-3, calle Cruz del Sur 2439, Arica, redujo a escritura pública Acta Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad NORTH WIND SpA, Rut: 76.847.197-5 de fecha 29 de marzo de 2019, se acordó y aprobó lo siguiente: Punto número Uno.- Sanear, conforme a las normas de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, el incumplimiento de las formalidades de publicación e inscripción del extracto de la escritura pública otorgada con fecha 13 de junio de 2018 bajo el repertorio 1.951 año 2018 ante el Notario Público Titular de Arica don Fernando Rodrigo Lazcano Arriagada, la cual se redujo el Acta Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 28 de mayo de 2018 en la cual con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto se aprobó Primero: La Modificación al Reglamento, que consistió en corregir un error de redacción en la escritura de constitución de la Sociedad donde dice: La Sociedad “Easywind Spa” , debe decir “…La Sociedad Inversiones Easywind SpA”, se complementa el artículo Décimo Cuarto del Reglamento agregando en la parte final lo siguiente “ También podrán ser notificados los socios por medio de correo electrónico registrado en el registro de accionistas con confirmación de lectura o cualquier otro medio de comunicación que dé razonable seguridad de su fidelidad, en los términos del artículo cuatrocientos cuarenta y cinco del Código de Comercio; Segundo: Ratificar a don Héctor Enrique Oberg Saavedra como Administrador de la Sociedad concediéndosele todas las facultades descritas en el título Tercero Artículo Décimo Primero del Estatuto de la Sociedad y Tercero: a) La Modificación al domicilio social, estableciendo el domicilio actual en la ciudad de Arica, Región de Arica y Parinacota.- b) Ratificar, para todos los efectos de hecho y de derecho que sean procedentes, la Modificación al Reglamento, la ratificación del Administrador y sus facultades y la modificación al domicilio social y c) Ratificar para todos los efectos que el CAPITAL SOCIAL VIGENTE es de $1.000.000.- de pesos; y d).- La aprobación de todos los acuerdos necesarios para cumplir con el saneamiento propuesto y el otorgamiento de los poderes que sean necesarios para llevar adelante todos los acuerdos que se adopten en esta Asamblea. Otros acuerdos constan en escritura extractada.- Arica, 12 de Junio de 2019.