CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HC CASTILLO MEDINA LIMITADA

CVE 1611290
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de junio de 2019
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular de 40 Notaría Santiago, Teatinos Nº 332, certifica: Por escritura pública 12 de Junio de 2019, ante mí: HÉCTOR ESTEBAN CASTILLO MEDINA, MARÍA IRENE MEDINA CONTRERAS y JENNIFER DANIELA CASTILLO MEDINA, todos con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº 9.217 ex - Nº 9241, de la comuna de La Cisterna, ciudad Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada “HC CASTILLO MEDINA LIMITADA”, pudiendo usar nombre fantasía “HC MULTISERVICIOS AUTOMOTRIZ”. El objeto de la sociedad será la prestación de servicios automotrices y otros, tales como, Venta al por mayor de vehículos automotores, venta al por menor de vehículos automotores nuevos o usados, incluye compraventa, mantenimiento y reparación de vehículos automotores, servicio de lavados de vehículos automotores, venta de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores, venta, mantención y reparación de motocicletas y sus partes, piezas y sus accesorios, venta de motocicletas, venta de partes, piezas y accesorios de motocicletas, mantenimiento y reparación de motocicletas y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto, que los socios acuerden los socios; La administración y uso razón social corresponderá a JENNIFER DANIELA CASTILLO MEDINA con las más amplias facultades. Plazo duración 5 años renovables períodos iguales forma descrita contrato social. Capital $3.000.000, aportado $1.000.000 por cada socio, sumas ya enteradas en caja social. Responsabilidad socios limitada al monto su aporte; Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales, que puedan establecerse cualquier punto país o extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de Junio de 2019.